La teoría
Las acciones micropolíticas como respuesta a un problema
En el año 1912 Moisei Ostrogorski señalaba que la solución que se dio al primer problema de la democracia, el problema de “cómo organizar la acción política para fomentar en los ciudadanos acciones espontáneas e irregulares, para estimular las energías individuales sin dejar que se adormezcan” (2008, 38), fue la de canalizar esas energías a través de los partidos políticos. Ostrogorski consideraba que la solución alcanzada no fue la adecuada ya que los partidos suponían la continuación de las concepciones teológicas y eclesiásticas, siendo “los principios o el programa del partido […] una fe investida como la de la Iglesia, de la sanción de ortodoxia y heterodoxia. La adhesión debía ser integral: nadie podía separarse del credo del partido en punto alguno más de lo que se puede elegir entre los dogmas de una religión” (2008, 30). Un partido político desarrollaba un programa ómnibus que englobaba todo el credo debido y todo el saber posible necesario para la acción de gobierno de tal manera que no estar en favor de su credo suponía ser un hereje.
Las cosas no han cambiado mucho desde entonces. Hoy en día, los programas electorales de los partidos políticos siguen cumpliendo la descripción realizada hace cien años por Ostrogorski de existir una opinión ómnibus que todo lo alcanza, lo que además se refuerza por la continua opinión de los diferentes portavoces de cada partido político quienes, como todólogos, intentan aparecer continuamente en los medios de comunicación social. Es evidente la falta de lógica de esta omnisciencia: un partido político no puede saberlo todo, lo que se logra disimular recurriendo al hooliganismo de las emociones. Se es de un partido político como se es de un equipo de fútbol, lo que también fue anunciado por Ostrogorski, para quien los partidos actúan preferentemente sobre los sentimientos: “para que funcionara un régimen supuestamente basado en la razón, se actuó lo menos posible sobre las inteligencias”. (2008, 32).
La solución que Ostrogorski propugnaba para resolver este problema era la sustitución de los partidos por otro tipo de organizaciones:
El partido entendido como empresario general de los numerosos y variados problemas pendientes, presentes y futuros, cedería su lugar a organizaciones especiales, limitadas a objetos particulares. Dejaría de ser una amalgama de grupos e individuos reunidos por un acuerdo ficticio y constituiría una asociación cuya homogeneidad estaría asegurada por su único objetivo. El partido que mantenía a sus miembros como en un tornillo de banco una vez que ingresaban, hará sitio a agrupaciones que se formarían y reformarían libremente según cambiaran los problemas de la vida y los juegos de opiniones que esos problemas suscitaran. Los ciudadanos que discreparan en una cuestión irían de la mano en otra. (2008, 68).
La propuesta de Ostrogorski se adelantó cien años a las agrupaciones líquidas, por utilizar la terminología de Zygmunt Bauman, que se forman en internet. Se sabe que hoy en día este tipo de grupos existen y buscan sus fines a través de una amalgama de personalidades jurídicas propias (fundaciones, asociaciones, organizaciones no gubernamentales) o de personas físicas o grupos sin más formalidad. En internet, la agrupación efímera de personas es una realidad todos los días constituyendo el fenómeno de creación por las masas estudiado por Raymond (1999, 27–78), Wallace (2001, 81–146), Rheingold (2004, 57–88), Benkler (2015, 97-130) y Bauman (2010, 173–174).
Ya se tuvo oportunidad de analizar los sujetos de este tipo de acciones (De la Cueva, 2012a), señalando que se trata de colectivos en los que no son necesarias ni credenciales para formar parte de los mismos ni excusa para abandonar la pertenencia. Ahora bien, no puede excluirse del ámbito de estas acciones a las iniciativas individuales. La característica tecnológica de la difusión de la información mediante su clonación en otro equipo conectado en red permite que las acciones impulsadas por una persona puedan llegar a ser equivalentes a las acciones en las que un colectivo es su agente principal, siendo este valor el conocido como the power of one en círculos hackers. La libre replicación1 es una característica buscada por las iniciativas, propugnándose la eliminación de las trabas jurídicas y tecnológicas que las dificultan, para lo que se utilizan licencias libres para eliminar los obstáculos jurídicos, y formatos que permitan la interoperabilidad (Nadal y De la Cueva, 2012) e interfaces de programación de aplicaciones abiertas (API)2 (De la Cueva, 2008), siendo indiferente que la fuente de la información sea individual o colectiva.
La existencia de acciones micropolíticas que surgen para resolver lo que un sistema político institucionalizado no resuelve por sí mismo pudiera utilizarse como métrica de la calidad de una democracia y de la sociedad que la sustenta. Si una persona o un colectivo promueve una acción micropolítica es debido a que entienden que existe un problema que afecta a unos ciudadanos en el ámbito de un entorno político. Se trataría de un problema no resuelto por parte de un gobierno o de una administración, pudiendo plantearse la hipótesis de que cuanto un gobierno fuese más arbitrario o más ignorase la realidad, existiría una mayor conflictividad social frente a la que los componentes de una sociedad arbitrarían diferentes soluciones con la tecnología a su alcance.
La naturaleza de los problemas que las acciones micropolíticas intentan resolver (vivienda, alimentación, trabajo, corrupción institucional...) puede dar una radiografía muy interesante de un sistema político. Bajo cada acción micropolítica subyace un conflicto. Un análisis pormenorizado de qué acciones se instituyen por los ciudadanos dependiendo de cada gobierno o administración podría suponer una gran herramienta para la construcción de sistemas políticos más justos.
Concepto de las acciones micropolíticas
La descripción del modelo propuesto por Ostrogorski sirve como preliminar de la pregunta de en qué consiste una acción micropolítica. Es conocida la dificultad conceptual que recae sobre el término acción, como también es sabida la dificultad de definir lo político, dificultad que se extiende a lo que se deba entender por micropolítico. A pesar de estas dificultades, en el presente ensayo se propondrá una definición en la que, partiendo de una perspectiva concreta de la acción, se integren un elemento objetivo de lo político —el derecho sobre el que se desea actuar— y un elemento subjetivo —tener conciencia de que se está en el ejercicio de un acto político—.
La acción
Sobre la acción, ésta ha de ser humana. Parece una obviedad pero no lo es tanto cuando se recuerda que la oficina de las Naciones Unidas en Ginebra celebró durante los días 13 a 17 de abril de 2015 una reunión de expertos en robots asesinos o cuando se comprueba que sistemas automatizados efectúan tanto la escritura de un alto número de contenidos que se incluyen en la Wikipedia como ejecutan operaciones en las bolsas de valores. La reunión ginebrina trató sobre "cuestiones relacionadas con las tecnologías emergentes en el área de sistemas autónomos de armas letales"3 (LAWS por sus siglas en inglés: Lethal Autonomous Weapons Systems) de los que los drones son uno de los mejores ejemplos. Sobre la escritura automatizada de contenidos, en el año 2011 existían 1.372 bots operativos transformando entradas de la Wikipedia de los cuales uno de ellos, Rambot, había creado por aquel entonces “cerca de 30.000 artículos de ciudades extrayendo datos procedentes del CIA World Factbook y del censo de los Estados Unidos” (Lafuente 2011, 15). Y en lo que se refiere a las operaciones realizadas en las bolsas de valores, éstas se perfeccionan mediante algoritmos ejecutados por máquinas gracias a una técnica que se denomina High Frequency Trading. Como en el caso de los bots de la Wikipedia, se trata de programas de software mediante los cuales quienes operan en una bolsa de valores introducen unos parámetros en cuyos márgenes se está interesado en realizar operaciones, dejando luego que el programa actúe en función de esos parámetros. Este sistema de contratación fue analizado en un informe conjunto de las agencias públicas norteamericanas Commodity Futures Trading Commission (CFTC) y la Securities & Exchange Commission (SEC) (EE.UU. 2010) en el estudio de un caso ocurrido en la bolsa de Nueva York durante la tarde del 6 de mayo de 2010. En el plazo de sólo unos minutos, valores bursátiles sufrieron una oscilación primero hacia abajo y casi inmediatamente hacia arriba de un 5-6% de su precio, lo que no era un comportamiento habitual. Según este informe,
Una de las lecciones clave que deben aprenderse es que en condiciones de mercado bajo tensión, la ejecución automática de una gran orden de venta puede desencadenar movimientos extremos de precios, especialmente si el algoritmo automatizado de ejecución no tiene en cuenta tales precios. Más allá, la interacción entre programas de ejecución automatizada y estrategias de negocio basadas en algoritmos pueden rápidamente erosionar la liquidez y provocar mercados inestables. Tal y como demuestran los eventos del 6 de mayo, especialmente en tiempos de significativa volatilidad, un volumen alto de negocio no es necesariamente un indicador fiable de la liquidez del mercado. (EE.UU. 2010, 6)4.
Si los anteriores ejemplos sirven para mostrar los efectos que producen los agentes automatizados en la vida cotidiana, en la muerte de personas, en la construcción de contenidos o en la economía, no puede dudarse de la posibilidad próxima de efectos políticos, máxime cuando incluso algunos autores se plantean (Solum 1992 y Pagallo 2013, 115-125), teóricamente eso sí, los efectos de dotar de personalidad jurídica a los robots o agentes de software. Si el Derecho fue capaz de crear la ficción jurídica de las personas morales, a las que se les dota de las capacidades jurídica y de obrar5, quizás no será extraño en unos siglos el hecho de otorgar tales capacidades a los robots o agentes de software. Mientras tanto, aun cuando sea evidente que las acciones puedan realizarse intermediadas a través de robots o agentes de software, la responsabilidad de los hechos ejecutados habrá de atribuirse de momento a la acción humana de quien interactúe con el software disponiendo su ejecución.
Como se ha señalado, las acciones micropolíticas suponen la actividad de publicar un cuerpo de conocimiento en internet. De esta manera, la acción se halla íntimamente trenzada con su propio discurso, situación a la que se puede aplicar la descripción de Hannah Arendt:
Ninguna otra realización humana requiere el discurso en la misma medida que la acción. En todas las demás, el discurso desempeña un papel subordinado, como medio de comunicación o simple acompañamiento de algo que también pudo realizarse en silencio […] pero si no hubiera nada más en juego que el uso de la acción como medio para alcanzar un fin, está claro que el mismo fin podría alcanzarse mucho más fácilmente en muda violencia. […] Mediante la acción y el discurso, los hombres muestran quienes son. (1993, 203).
Si bien Arendt señala la íntima relación entre el discurso y la acción propia, ha de añadirse a la acción propia la acción que se busca provocar en el otro, la adhesión, el acompañamiento y la acción conjunta, finalidades perseguidas por las acciones micropolíticas. Se trata de convencer al otro no mediante el silencio, sino mediante la utilización racional de un conocimiento libre que se forma mediante la composición de datos e información sobre los que se construyen estructuras discursivas más abstractas. Frente a lo que pudiera ocurrir fuera del entorno de la red (la realidad AFK), el silencio en internet imposibilita realizar una propuesta siendo lo relevante, al igual que en el ordenamiento jurídico, positivizar el texto en código: “Talk is cheap, show me the code” (Torvalds, 2000). Esta expresión es uno de los axiomas del software libre. Proviene de un mensaje de Linus Torvalds a la lista de correo de desarrollo del kernel de Linux y equivale a nuestra expresión “Obras son amores, que no buenas razones” o, en lengua inglesa, a “Actions speak louder than words”, las acciones hablan más alto que las palabras. Si el silencio puede estar cargado de valor fuera de la red, se hace difícil cargarlo de valor propositivo en internet.
Acto propio, actos ajenos (que acaban integrándose como propios de la comunidad impulsora) y discurso forman un todo, siendo elementos constituyentes del núcleo de la acción micropolítica. La dinámica de su creación implica un primer estado en el que una persona, o varias, deciden exponer en forma pública en la web un hecho para cuyo cambio proponen un plan de actuación, plan que puede ser seguido por terceros ajenos que, de esta manera, con sus actos pasan a formar parte de la comunidad impulsora. Si bien el acto inicial de formalización en la web puede ser individual, finalmente la acción micropolítica se convierte en un acto colectivo en el que pueden englobarse tanto las actuaciones de la persona o grupo impulsor como las de los luego adheridos. Así ocurrió tanto en la “Demanda contra el canon”6 como en “#Nolesvotes”7, práctica que es verificable en las demás acciones micropolíticas, donde una minoría realizó una primera acción, la anunció públicamente y a la misma se sumó una colectividad.
Por tanto, se trata no sólo de una acción humana sino también de una acción colectiva, lo que obliga a ser más precisos puesto que, como recuerda Margaret Gilbert, “los términos acción colectiva son ambiguos” ya que pueden referirse tanto a “una situación en la que varias personas ejecutan independientemente una particular acción o puede referirse a una situación en la que las personas actúan dentro de lo que ha venido a conocerse como un problema de acción colectiva donde el finiquito para cada uno depende de lo que es hecho por los demás” (2013, 67). Esta cuestión no es baladí, sino que tiene importancia para diversas parcelas humanísticas, ya que, continúa esta autora, “una comprensión clara de actuar conjuntamente, entonces, puede arrojar luz sobre la estructura de los grupos sociales en general”.
Para Gilbert, hay tres posibles aproximaciones a lo que entendemos por acción colectiva: una primera, denominada “de las intenciones personales”, que se fundamenta en la intención de los agentes tomada individualmente desde el “yo tengo la intención de”; una segunda, denominada “del intenciones-nosotros”8, que también se basa en la intención de los agentes, pero esta vez tomada colectivamente desde el “nosotros tenemos la intención de”; y una tercera, denominada la “aproximación del compromiso colectivo”, que toma como concepto principal el de joint commitment, compromiso colectivo, y que incorpora un carácter contractual ausente en las otras dos aproximaciones (2013, 69). Según cada uno de estos tres modelos de concepto de acción colectiva, se estaría centrando el peso de la intención de los agentes en la voluntad individual, en una voluntad de grupo o en un compromiso entre los integrantes del grupo que ejecuta la acción micropolítica.
Estas tres aproximaciones muestran la diferente perspectiva que las distintas personas integrantes de una acción micropolítica puedan tener sobre la participación y compromiso en el grupo por parte de uno mismo o de otro y explican los diferentes conflictos que se pueden producir dentro del grupo, a los que se les aplica coloquialmente expresiones tales como “nos dejó tirados”, en el caso del abandono de otro, o de “yo no tengo ninguna obligación de estar aquí”, en el caso de justificación del abandono propio. Por muy volátiles que puedan resultar ser las adhesiones, integraciones o abandonos de los participantes en una acción micropolítica, no está de más conocer este tipo de posibles conflictos resultado de la movilidad en estos grupos, para preverlos en la medida de lo posible y explicar previamente en la web, de una manera bien entendible, las condiciones de participación.
Lo político
En lo referente a lo político, la discusión de qué se deba entender por este concepto ha sido larga en la historia de la filosofía, es una discusión que no está cerrada y es dudoso que alguna vez lo esté. Señala Norberto Bobbio que actualmente el término “se emplea normalmente para referirse a la actividad o conjunto de actividades que, de alguna forma, tienen como punto de referencia a la polis, es decir, al Estado” (2009, 176). Según este autor, dentro del ámbito de lo político se incluirían, entre otras cuestiones, una obligación o prohibición de un determinado comportamiento aplicables a todo un grupo social, el dominio exclusivo sobre un territorio, la gestión de los recursos de la sociedad y lo relacionado con el poder estatal.
Sin embargo, la problemática planteada por su significado tiene una gran profundidad histórica para la que José Manuel Bermudo ofrece una magnífica guía: el concepto de política ha tenido diferentes significados a lo largo del tiempo, que dependía del modelo ideal de comunidad perseguida. De esta manera, se ha pasado de una visión ética a una visión más jurídica. En la visión ética lo relevante era la fabricación de buenos ciudadanos, mientras que en la visión jurídica, más individualista, prima la existencia de unos derechos de los que la persona es la titular. Ahora bien, Bermudo recuerda que “ya en el mundo clásico, con los sofistas, estoicos y especialmente los epicúreos, irrumpía una concepción que ponía en el contrato, y no en el ideal ético, el fin y el sentido de la política y la ciudad” (2001, 164). De esta manera, la política siempre ha supuesto un pensamiento en el que existe un ideal, tanto de la ciudad como de la vida humana, siendo así incluso en la actualidad en donde, desde un entendimiento de la política como deliberación, se produce una situación paradójica puesto que el ideal puede configurarse tanto bajo la forma de una pluralidad de ideales como de una ausencia de ellos.
En su guía por las sucesivas concepciones de la política, Bermudo señala que existen dos posiciones inquietantes, representadas por Max Weber y por Carl Schmitt, y dos posiciones de esperanza, representadas por Hannah Arendt y por John Rawls (2001, 163-194), cuya síntesis se ofrece a continuación.
Max Weber
La concepción weberiana de la política es sociológica y descriptiva. La política es un rasgo de un tipo particular de agrupación humana que supone la organización de unas prácticas y produce tanto un sistema de relaciones entre los integrantes de la sociedad como un sistema de administración. La política tiene como efecto inevitable la dominación, entendiendo Weber por este concepto “la probabilidad de encontrar obediencia a un mandato de determinado contenido entre personas dadas” (2002, 43). Esta dominación supone que a lo largo de la historia siempre han existido gobernantes y gobernados.
Para Weber, en el seno de la sociedad se producen diferentes tipos de asociaciones de las que algunas tienen la condición de ser políticas en virtud de la relación que se da entre los integrantes, el lazo de unión entre ellos. El primero de los lazos sería el de la comunalización, cuya actividad se funda en el sentimiento subjetivo de los participantes de pertenecer a una misma comunidad. El segundo de los lazos sería el de la socialización, cuya actividad social se funda en un equilibrio o una coordinación de intereses y daría lugar al Estado.
La dominación se produce en todas las asociaciones humanas y es en las mismas donde la política impone sus reglas por encima de las demás, lo que se concreta para Weber en que el Estado ostenta el monopolio de la violencia física. Esta característica es lo que define en mayor medida la dominación política, siendo así que la comunidad política es el lugar de la violencia tanto con los miembros de la comunidad como con los ajenos a la misma.
Carl Schmitt
Para Carl Schmitt, “el concepto del Estado supone el de lo político. De acuerdo con el uso actual del término, el Estado es el status político de un pueblo organizado en el interior de unas fronteras territoriales” (2009, 49). En Schmitt, lo político sería “un elemento o lazo constitutivo de una forma de unificación social, reivindicando así su primacía conceptual sobre el Estado, que sería sólo una forma histórica de ese tipo de unidad social apareciendo con la democracia moderna dos problemas: el de la identificación entre las esferas de lo político y estatal, y el de la diferencia entre las esferas político-estatal y social” (Bermudo 2001, 173) ya que en la actualidad “Estado y sociedad se interpenetran recíprocamente; en la medida en que todas las instancias que antes eran estatales se vuelven sociales y, a la inversa, todas las instancias que antes eran meramente sociales se vuelven estatales” (Schmitt 2009, 53).
Para construir lo que entiende por lo político, Schmitt, analiza las diferentes disciplinas del saber y encuentra que se hallan definidas por un par de categorías: en lo moral son las categorías del bien y del mal, en la estética se trata de lo bello y de lo feo, en lo económico las categorías son lo beneficioso y lo perjudicial. En lo político, concluye Schmitt, las categorías son las de amigo y enemigo (2009, 56). Debido a estas categorías que le son propias, la política no se ocuparía de cualquier conflicto sino sólo de los que pudieran entrar dentro de la dicotomía amigo-enemigo, esto es, los conflictos de mayor gravedad. El enemigo, señala este autor, ha de tener las condiciones de ser público y oponerse combativamente pudiendo darse la eventualidad de una lucha, constituyendo la guerra “el presupuesto […] que determina de una manera peculiar la acción y el pensamiento humanos y origina así una conducta específicamente política” (2009, 64).
Hannah Arendt
La opinión sobre el espacio público que mantiene Hannah Arendt, desde la que construye su concepto de lo político, es muy inspiradora. Esta autora mantiene que el mundo es una suma de todas las representaciones puesto que “la vía de acceso del hombre al conocimiento del mundo es a través de estas infinitas apariciones particulares, que en conjunto constituyen su realidad [...] Un debate que no pasa por decidir la mejor o más adecuada representación, o construir una síntesis, sino por poner en común la totalidad de representaciones conservando la diversidad” (Bermudo 2001, 179).
Parecería que Hannah Arendt estuviera describiendo el ecosistema formado por el software libre donde, al igual que en el mundo de la representación política arendtiana, el disenso no supone necesariamente un conflicto sino un enriquecimiento: en el caso del software se aportan nuevas soluciones operativas, mientras que en caso de Arendt se ofrecen nuevos modelos para entender el mundo. En el desarrollo de código libre, “cuando ciertos miembros detectan otra forma de hacer las cosas se produce un desvío (fork) o se abandona directamente el proyecto” (Alonso 2013, 103). En este sentido, Andoni Alonso recuerda la importancia del espíritu convivencial de Iván Illich, que puede relacionarse con la pluralidad enriquecedora de Arendt:
Casi todos los casos etiquetados como “open” tienen algo de este espíritu convivencial. El acceso al código fuente supone que existe la posibilidad real de que el usuario pueda modificar el sistema operativo o los programas. La diversidad de contribuyentes a la Wikipedia señala también una pluralidad de voces que no son homogeneizadas por un editor o política editorial determinada. La apuesta por las revistas abiertas en ciencia (PloS) trata de devolver el poder del conocimiento y la difusión científica a los propios productores de ciencia.
Las acciones micropolíticas participan en la actualidad de este sistema de prácticas. La libre replicación y transformación de la información inserta en las acciones supone la posibilidad de enriquecer el conocimiento, ofreciendo a los ciudadanos en general unos canales no institucionales que se suman a los gubernamentales y administrativos para lograr mejores o más adecuadas soluciones ante los problemas que nos encontramos. En el marco de Hannah Arendt, suponen esas infinitas apariciones particulares que conforman la diversidad; en el marco del pensamiento de Stuart Mill, nos permiten apoyar la aparición de una voz disonante contraria al resto de la humanidad; en nuestro marco individual, permiten escapar de la dictadura numérica propuesta continuamente en las denominadas redes sociales que confunde la calidad con la cantidad, dificultando la realización de lo exclusivo. La diferencia, por tanto, no es un problema, sino una virtud que enriquece al ser humano puesto que le permite acceder a una mejor comprensión sobre este mundo que debe compartir con otros: “la política se basa en el hecho de la pluralidad de los hombres [...] trata del estar juntos y los unos con los otros de los diversos” (Arendt 1997, 45). Dentro de ese estar juntos, Arendt designa tres actividades que llevamos a cabo en lo que denomina vita activa, consistentes en la labor, el trabajo y la acción. Y es dentro de la acción donde se verifica el mundo político:
La labor es la actividad correspondiente al proceso biológico del cuerpo humano, cuyo espontáneo crecimiento, metabolismo y decadencia final están ligados a las necesidades vitales producidas y alimentadas por la labor en el proceso de la vida. La condición humana de la labor es la misma vida.
Trabajo es la actividad que corresponde a lo no natural de la exigencia del hombre […] El trabajo proporciona un «artificial» mundo de cosas, claramente distintas de todas las circunstancias naturales. Dentro de sus límites se alberga cada una de las vidas individuales, mientras que este mundo sobrevive y trasciende a todas ellas. La condición humana del trabajo es la mundanidad.
La acción, única actividad que se da entre los hombres sin la mediación de cosas o materia, corresponde a la condición humana de la pluralidad, al hecho de que los hombres, no el Hombre, vivan en la Tierra y habiten en el mundo. Mientras que todos los aspectos de la condición humana están de algún modo relacionados con la política, esta pluralidad es específicamente la condición ―no sólo la conditio sine qua non, sino la conditio per quam― de toda la vida política. […] La acción sería un lujo innecesario […] si los hombres fueran de manera interminable repeticiones reproducibles del mismo modelo […] La pluralidad es la condición de la acción humana debido a que todos somos lo mismo, es decir, humanos, y por tanto nadie es igual a cualquier otro que haya vivido, viva o vivirá. (Arendt 1993, 21-22).
John Rawls
En su obra “Liberalismo político”, John Rawls (2006) se plantea tres preguntas para luego construir sobre ellas: (1) “¿Cuál es la concepción de justicia más apropiada para establecer los términos equitativos de cooperación social entre ciudadanos considerados libres e iguales, y como miembros de una sociedad completamente cooperativos durante toda su vida, de una generación a la siguiente?” (2) “¿Cuáles son los fundamentos de la tolerancia así entendida, dado el hecho que un pluralismo razonable es el resultado inevitable de instituciones libres?” (3) “Combinando ambas preguntas tenemos: ¿Cómo es posible entonces que exista a lo largo del tiempo una justa y estable sociedad de ciudadanos libres e iguales, que permanecen profundamente divididos por razonables doctrinas religiosas filosóficas y morales?” (1996, 3-4). Partiendo de la base que todas las personas son, al mismo tiempo, iguales y diferentes, se trataría de construir un sistema en el que todos sus integrantes se pudieran integrar.
Rawls plantea un sistema teórico en el que los ciudadanos diseñaran una sociedad partiendo de una posición original donde se planteasen qué derechos y obligaciones serían los otorgados a cada uno. El diseño se haría con los ciudadanos cubiertos por un velo de ignorancia que les impidiera saber de antemano qué posición irían a ocupar en la sociedad diseñada. Se trata, por tanto, de imaginar un contrato social en el que se incluyeran las soluciones a las posibles desigualdades que sin duda se producirían, buscar un sistema en el que mediante la creación de un orden justo, la ciudadanía quedase satisfecha. Rawls lo fundamenta en dos criterios de justicia:
a. Cada persona tiene igual derecho a exigir un esquema de derechos y libertades básicos e igualitarios completamente apropiado, esquema que sea compatible con el mismo esquema para todos; y en este esquema, las libertades políticas iguales, y sólo esas libertades, tienen que ser garantizadas en su valor justo.
b. Las desigualdades sociales y económicas sólo se justifican por dos condiciones: en primer lugar, estarán relacionadas con puestos y cargos abiertos a todos, en condiciones de justa igualdad de oportunidades; en segundo lugar, estas posiciones y estos cargos deberán ejercerse en el máximo beneficio de los integrantes de la sociedad menos privilegiados. (2003, 31)
La propuesta de Rawls se realiza inicialmente a través de su obra magna, publicada en 1971, “Teoría de la Justicia” (2002), si bien, tras las discusiones y críticas recibidas con ocasión de su publicación, precisó su contenido en dos libros posteriores: el primero publicado en 1993 de nombre “Liberalismo político” (2006) y el segundo “La justicia como equidad. Una reformulación” (2001), publicado en el año 2001.
En “Liberalismo político” Rawls reformula una síntesis de sus teorías y parte de una “idea de una concepción política de la justicia”, de la que señala sus tres características:
La primera de las características está constituida por el sujeto de la justicia, constituido por la estructura básica de la sociedad, sus “principales instituciones políticas, sociales y económicas” y cómo a través de un sistema de cooperación social se transmiten de una generación a las siguientes. De esta manera, “el foco de atención inicial de una concepción política de la justicia es el marco de las instituciones básicas y los principios, las normas y los preceptos que se aplican a ese marco, así como la forma en que han de expresarse esas normas en el carácter y en las posturas de los miembros de la sociedad que lleva a la práctica los ideales de dicha concepción” (2006, 36).
La segunda característica hace referencia al modo de presentación de la justicia, que consiste en “presentarse sin decir, o sin saber, o incluso sin aventurar una conjetura acerca de a qué doctrinas pertenece, o qué doctrinas la apoyan” (2006, 37). Para Bermudo, Rawls continúa una tradición iniciada hace siglos pues es “[c]onsciente de que el Estado moderno logró la estabilidad y la paz cuando consiguió acabar con las guerras de religión, sacándolas de la esfera pública y convirtiéndolas en actividades privadas, tal que pudieron convivir juntos hombres y pueblos con distintas creencias” (2001, 193). La paz de Westfalia (1648) puso fin a las Guerras de los Treinta Años y de Flandes, permitiendo de esta manera el desarrollo del Estado moderno. Uno de los pilares de este nuevo modelo de Estado es el de la tolerancia mutua entre quienes profesan diferentes religiones, lo que está íntimamente ligado a la abstención estatal de preferir una u otra religión. Esta falta de preferencia fundamenta la separación entre la Iglesia y Estado, propugnada por Locke en su célebre Carta sobre la Tolerancia:
El deber del magistrado civil consiste en asegurar, mediante la ejecución imparcial de leyes justas a todo el pueblo, en general, y a cada uno de sus súbditos en particular, la justa posesión de estas cosas correspondientes a su vida. Si alguno pretende violar las leyes de la equidad y la justicia públicas que han sido establecidas para la preservación de estas cosas, su pretensión se verá obstaculizada por el miedo al castigo, que consiste en la privación o disminución de estos intereses civiles y objetos que, normalmente, tendrían la posibilidad y el derecho de disfrutar.
[…]
Ahora bien, toda la jurisdicción del magistrado se extiende únicamente a estos intereses civiles, y todo poder, derecho y dominio civil, está limitado y restringido al solo cuidado de promover esas cosas y no puede ni debe, en manera alguna, extenderse hasta la salvación de las almas. (2008, 9).
Y la tercera característica de la concepción política de la justicia de Rawls es que “su contenido se expresa en términos de ciertas ideas fundamentales que se consideran implícitas en la cultura política pública de una sociedad democrática”, esto es, que no se crea desde la nada sino desde una sociedad en la que existe una “cultura de trasfondo” que engloba “instituciones políticas de un régimen constitucional y las tradiciones públicas de su interpretación” (2006, 38) y textos que pertenecen a un conocimiento común. “Por ello, la justicia como imparcialidad empieza desde el interior de cierta tradición política y adopta como su idea fundamental la de la sociedad como un sistema justo de cooperación a través del tiempo y del cambio de una generación a otra” (2006, 38-39).
Establecidas estas tres características, Rawls alega que la sociedad es “considerada como sistema justo de cooperación a través de un tiempo prolongado, de una generación a la siguiente” (2006, 40), en cuya cooperación se dan tres elementos: un reconocimiento público de las normas por los cooperadores, unas condiciones justas de la cooperación y una idea del bien por parte de tales cooperadores. En este contexto Rawls se plantea las preguntas de cómo se han de establecer los términos justos de la cooperación y si éstos emanan de la ley natural, de la razón o de un acuerdo entre las personas en consideración a lo que entienden como su beneficio recíproco (2006, 45). De la respuesta a estas preguntas surge del planteamiento de Rawls un contrato social de contenido eminentemente político.
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El anterior recorrido es una ínfima muestra de la diversidad que se encuentra en lo que se puede entender por lo político. El campo que acotado simplemente puede ayudar a comenzar una exploración por un vastísimo territorio que, como todo campo del saber, deviene imposible de abarcar. Sirve de introducción a una aproximación a las acciones micropolíticas, en la que se usarán dos elementos útiles para delimitar si la acción realizada por una comunidad merece o no el calificativo de política: un primer elemento objetivo, la naturaleza de los derechos sobre los que la acción micropolítica se proyecta, y un segundo elemento, que hará referencia a un elemento subjetivo, la finalidad de los participantes en la acción.
El elemento objetivo: los derechos en juego
En cuanto al elemento objetivo de la acción micropolítica, consistente en la naturaleza del derecho que se ejercita mediante la misma, se distinguen tres categorías de derechos: los que se refieren a la capacidad instituyente de la persona, los derechos humanos y los derechos ordinarios ejercitados frente a organismos con soberanía difusa.
Sobre la primera categoría, no cabe duda que las acciones micropolíticas cuyo objeto sean propuestas institucionalizadoras pertenecen a un ámbito político. Uno de los derechos de todo ser humano es el de organizarse, creando instituciones mediante las cuales la comunidad se gobierne: “Cada sociedad es constitución, de hecho creación, del mundo que vale para ella” afirma Cornelius Castoriadis (2006, 81). La capacidad instituyente se refleja en el Derecho positivo en la formalización por escrito del resultado de un período constituyente, durante el que se diseñan las instituciones que regularán la vida del Estado y tras el cual resulta la redacción de la norma jurídica de mayor rango: la constitución de un Estado. Esta norma tradicionalmente se divide en dos partes: una parte dogmática, en la que se incluyen los derechos fundamentales, y una parte orgánica, en la que se defines el diseño de las instituciones9. Por tanto, el ciberactivismo que pretenda rediseñar el funcionamiento de las instituciones de la sociedad, creando unas nuevas, alterando o suprimiendo las ya existentes, estará llevando a cabo una acción objeto de este estudio.
Sobre la segunda categoría, también las acciones relacionadas con el ejercicio de los derechos fundamentales pueden constituir acciones micropolíticas. Es posible ejemplificar este supuesto con los ejemplos siguientes: en la actualidad no se duda sobre la existencia de una desigualdad en la posesión de riqueza. El «x%» de la población mundial es la titular del «y%» de los recursos. Véase que no interesan los números representados por las variables «x» e «y», sino señalar el hecho de que «x» es distinto de «y»; tampoco se pretende valorar si dicha igualdad es justa o no. Lo que interesa es preguntarse, en el entorno ya sea del desarrollo de políticas públicas o de acciones micropolíticas, ¿cómo se puede buscar la igualdad entre «x» e «y»? y ¿qué actos concretos son los que pueden ejecutarse para buscar la igualdad entre «x» e «y»?
Un segundo supuesto podría ejemplificarse con el del tiempo que se tarda en la ejecución de una orden de excarcelación. Este tiempo admite una métrica: se inicia cuando se toma la decisión por la autoridad competente, continúa cuando la orden llega al centro carcelario y finaliza cuando los funcionarios de la institución abren la puerta de la prisión para que el excarcelado salga libremente. Se estima que la ejecución sin dilaciones de la orden será más justa que una ejecución dilatoria. Si la decisión de excarcelar se toma a las 12:00 horas y a las 12:01 horas se libera al encarcelado, será una ejecución más justa que si la liberación se produce diez horas después de la orden de la autoridad. En este segundo supuesto pueden hacerse análogas preguntas: ¿cómo se puede buscar la justicia? y ¿qué actos concretos pueden ejecutarse para buscar la justicia?
Por cada uno de los demás derechos fundamentales pueden plantearse las mismas preguntas: ¿cómo buscar la eficacia en el ejercicio del derecho? y ¿qué actos concretos pueden ejecutarse para hacer más efectivo el derecho en cuestión? Resolverlas es una tarea ardua, ya sea porque previamente debería plantearse una postura de acuerdo sobre los conceptos base —los conceptos de acción y de política—, ya sea porque los actos concretos que se pueden proponer son prácticamente infinitos y requerirían previamente de un análisis perteneciente a la Sociología del Derecho que indicara parámetros para medir la eficacia de las normas. Aun cuando esta tarea excedería el propósito del presente ensayo, no cabe duda que el ámbito de los derechos fundamentales es un ámbito político, constituyendo los mismos un entorno indecidible para quienes ostentan el poder (Ferrajoli 2010, 102-109), por lo que no habría ningún problema en señalar como acciones micropolíticas aquellas cuyo objeto fuesen los derechos humanos: “hay que decir que los derechos fundamentales no son sólo límites a la democracia política. Son, además, su sustancia democrática, en cuanto se refieren al pueblo en un sentido aún más concreto y más pleno de la representación política misma, es decir, a las libertades y a las necesidades vitales de todos y cada uno de sus miembros de carne y hueso” (Ferrajoli 2011, 37).
Y sobre la tercera categoría, mayor dificultad tendría integrar dentro de lo político a aquellas acciones cuyo objeto fuesen los derechos ordinarios. Para resolver esta duda, se puede comenzar señalando que dentro de los derechos ordinarios se diferencian los de ámbito público y los de ámbito privado. Ferrajoli sostiene que los espacios de la política no se han hecho angostos después de sustraerle la posibilidad de decidir acerca de los derechos fundamentales: “A la política le queda sobre todo la esfera de lo decidible, confiada las funciones legislativas y gubernativas de innovación normativa y de dirección política, siempre respetando la constitución” (2010, 108).
Utilizando ejemplos, cabe preguntarse si las acciones ciudadanas en contra de la instalación de un centro de rehabilitación de toxicómanos o de un cementerio de basura nuclear pueden considerarse acciones micropolíticas. La respuesta ha de ser positiva puesto que se trataría de acciones que se realizan en el análisis del desarrollo o aplicación de una legislación por parte de alguna administración pública a la que se le podría acusar, entre otras alegaciones, de arbitrariedad, de falta de racionalización en la toma de decisiones o del incumplimiento de los procedimientos legales obligatorios.
En lo relativo a los derechos privados, existen situaciones de ejercicio de derechos en los que no cabe duda de su naturaleza privada como, por ejemplo, la actual acción de los afectados por las hipotecas. En esta acción, se trata de resolver un problema que si bien en inicio pertenece a una relación jurídico-privada, sin embargo su posterior análisis global demuestra que la normativa de uno de los Estados miembros de la Unión Europea ha estado infringiendo una normativa europea sobre un bien de primera necesidad. En este caso, lo que se propugna no es solamente una acción sobre la relación jurídico-privada entre el banco prestamista y el deudor hipotecario, sino una llamada a los poderes públicos en pro de un cambio legislativo, esto es, se hace una llamada a un tercero externo (poder político) para que acuda en defensa de una situación que se cree injusta o, al menos, denunciable. No debe olvidarse que la naturaleza privada de una de las partes no ha de ser impedimento para la caracterización de lo político dada la existencia actual de soberanos supraestatales difusos, definidos por Juan Ramón Capella (2008, 307) como “los titulares públicos, internacionales y privados de un poder supraestatal que produce efectos de naturaleza pública o política.” En la base de esta postura se encontraría una redefinición del concepto de soberanía que de ser puramente pública está siendo trasvasada a intereses privados y, al igual que las naciones comenzaron a existir en un momento histórico determinado, también cabe su declinar para ser sustituidas por ensamblajes globales, en terminología de Saskia Sassen, donde ha nacido una zona institucional de agentes privados (2010, 305-311). Se trataría, según esta autora, no del fin de la soberanía sino de una “alteración en la exclusividad y el alcance de la competencia estatal” (2010, 305).
En virtud de esta pluralidad de supuestos, se darían por válidas conceptualmente como acciones micropolíticas las iniciativas en internet en las que los intervinientes ejercitasen derechos instituyentes, derechos fundamentales o derechos ordinarios ante un agente político, entendiendo por tales no sólo los organismos públicos sino también los agentes económicos involucrados visible o invisiblemente en la toma de decisiones de tales organismos.
El elemento subjetivo: la finalidad de la acción
Además del requisito objetivo antes tratado, relativo a que el derecho sobre el que la acción se proyecta pueda caracterizarse como político, debemos también plantearnos la finalidad de la acción propugnada. Analizaremos si existe algún tipo de cambio estructural propugnado por los participantes o si, por el contrario, la acción única y exclusivamente, no busca cambio alguno en la sociedad sino un mero ejercicio de los derechos o intereses de los impulsores.
Para explicar este apartado se utilizará el concepto de cambio propugnado por Paul Watzlawick. Este autor distingue dos modelos: “uno que tiene lugar dentro de un determinado sistema, que en sí permanece inmodificado, y otro, cuya aparición cambia el sistema mismo” (1992, 30). En los casos objeto de esta obra, no sería lo mismo una acción micropolítica que buscase constituir un partido político, que sería un cambio que tiene lugar dentro del mismo sistema de representatividad política existente, que otra acción micropolítica cuyo propósito fuera políticamente transversal de tal manera que la reivindicación fuese asumible por cualquier formación política. De esta manera, aun cuando la acción tuviese por objeto un derecho que pudiera integrarse en alguna de las tres categorías de derechos señaladas en el punto anterior (institucional, derechos humanos o derechos privados), el cambio propugnado por la iniciativa podría servirnos para refinar todavía más la caracterización de lo político y servir, en algunos casos, para resolver casos que pudiéramos reconocer dudosos.
Debe también recordarse que una acción micropolítica se modifica a lo largo del tiempo, por lo que la intención inicial del grupo impulsor puede cambiar conforme el desarrollo de los acontecimientos; es obvio que el tipo de cambio impulsado ab initio por la acción, ya fuera éste intra o extrasistémico, no tiene por qué ser permanente. Incluso se puede dar el supuesto en el que una inicial acción se escindiese luego en dos ramas donde cada una de ellas propugnase un tipo de cambio diferente.
Además de estas cuestiones, no siempre es fácil identificar una acción micropolítica ya que lo ambicioso de la misma puede dificultar visualizar la conexión entre la acción y los fines que pretende o efectos que produce, por lo que no podría saberse si existe un encuadramiento político. Se encuentran tales situaciones en los supuestos del desarrollo del software libre, del sistema operativo GNU/Linux o de la web de enlaces Pirate Bay que, bajo la apariencia de una web que ofrece enlaces a archivos en redes p2p, es el buque insignia de la ideología defendida por los partidos piratas europeos. Se trata de proyectos en los que, mediante actos concretos de desarrolladores de software, se propugnan no de manera inmediata fines políticos pero sí un cambio de sociedad lo que si bien es evidente en los casos del proyecto GNU10, no lo es tanto en el kernel11 de Linux. Linus Torvalds, dictador benevolente del kernel, afirmó que “[r]ealmente, no estoy aquí para destruir a Microsoft. Eso sería un efecto colateral completamente no intencionado”12. Aunque, viniendo de Torvalds, nunca se sabrá si este efecto colateral al que se refiere es tan inofensivo como el los drones.
Estos movimientos mantienen un posicionamiento jurídico con respecto a la propiedad intelectual que, como se verá, supone una pieza clave en la copia y difusión de la información, posicionamiento que se fundamenta en unos determinados postulados de la filosofía moral y de la ideología política y que suponen la utilización de la desobediencia civil como herramienta en el sentido propugnado por Rawls (2002, 354): “El último tribunal de apelación… [es] el electorado en su totalidad. Los que incurren en desobediencia civil apelan a este cuerpo… [E]mplear el aparato coercitivo del Estado para mantener instituciones manifiestamente injustas es una forma de fuerza ilegítima a la que los hombres tienen derecho a resistir”. Este tipo de acciones podrán ser calificadas como políticas según su integración en los grupos anteriores puesto que en definitiva pueden encuadrarse dentro de alguno de ellos.
Para terminar este apartado, debe considerarse la conexión entre la finalidad propuesta y la conciencia política del grupo impulsor de la acción. Es evidente que si se pretende un determinado tipo de cambio intra o extrasistémico, existirá una conciencia que en su caso se podría caracterizar como política. Al igual que con la finalidad, la conciencia política de lo que se está haciendo puede verse modificada a lo largo del desarrollo de la acción.
Por ejemplo, en la “Demanda contra el canon” lo que en principio parecía una lucha contra una injusticia de un sobreprecio, luego fue cambiándose en una clara conciencia política de lucha contra la corrupción de un sistema. En sus comienzos, se luchaba contra el hecho de que se hubiera gravado con un canon el soporte de registro de la humanidad. Se estaba produciendo el equivalente a como si hace 50 años todo el papel tuviese que tener una póliza pegada, póliza cuyo dinero se entregase a las entidades de gestión de la propiedad intelectual. Durante los inicios de la acción se ejercieron dos derechos de petición en los que se solicitó que se eximiese del canon, entre otros, a las administraciones públicas, a las empresas y a los profesionales, con causa en que no podían hacer copias privadas, que era precisamente por lo que se gravaban los soportes digitales. Estos derechos de petición se ejercieron ante dos ministras, la primera del Partido Popular (PP), la segunda del Partido Socialista Obrero Español (PSOE). La respuesta en ambos casos fue denegatoria.
Posteriormente, cuando el TJUE declaró ilegal la ley española de propiedad intelectual, sus fundamentos coincidían plenamente con lo solicitado en los dos derechos de petición. Tras la resolución europea, el Estado español todavía tardó un año en adaptar su legislación a la sentencia, lo que generó un importe extra de 63.935.503 Euros que se pagaron a las entidades de gestión por el ejercicio 2011. Posteriormente, mediante una norma aprobada por el ejecutivo, decretó que las cantidades pagadas en concepto de canon eran irrecuperables (De la Cueva 2014, 185). A este regalo de dinero público se debe añadir que, por aquel entonces, el plan nacional contable aplicable a las administraciones públicas no contenía una cuenta específica para los derechos de propiedad intelectual, por lo que todos los cánones pagados por el Estado por este concepto quedaron en la más absoluta de las oscuridades. Era evidente que no se trataba de un problema de propiedad intelectual, sino de una apropiación de lo público por parte de unas asociaciones privadas que actuaban en complicidad con el poder político, tanto con el PP como con el PSOE. Mientras tanto, las campañas publicitarias pagadas con dinero de todos calificaban de piratas a la ciudadanía por el uso que hace de internet. Nada hay mejor que llamar piratas a los demás para acallar los propios defectos: reprochar moralmente al otro para justificarse a sí mismo siempre ha sido táctica de bandoleros.
Características de las acciones micropolíticas
Ejercitar una acción micropolítica en internet implica, necesariamente, poner información a disposición de terceros. Si bien esta actividad puede ser estudiada desde diversos puntos de vista, el presente análisis se limita a los tres que se entienden más relevantes y que consisten en su carácter lingüístico, jurídico y tecnológico.
Carácter lingüístico
En las acciones micropolíticas, decir algo es hacer algo. A diferencia del habla verbal, decir cualquier cosa en un contexto digital implica, necesariamente, hacer un registro. Para que exista comunicación, este registro ha de ponerse a disposición de, al menos, un tercero: sin puesta a disposición de información no se puede presumir que exista un acto de comunicación y para que se pueda proponer la ejecución de una acción es necesario que alguien diga algo a alguien que pueda recibirlo. Cuando esta acción se realiza mediante un artefacto de tecnología digital conectado a una red, se produce un cambio de la magnetización de una superficie y la creación en ella de unas alteraciones que luego, tras ser escritas y leídas como listas de unos y ceros finalmente suelen acabar en un periférico de un ordenador en forma bien de píxeles de una pantalla, de texto de una impresora o de sonido de unos altavoces. En estas listas de unos y ceros, el estado uno se representa por una superficie magnetizada y el estado cero por otra no magnetizada. La fonetización del habla oral pasa a ser la magnetización del habla digital.
Así pues, toda acción micropolítica en internet implicará la escritura en soporte digital y la puesta a disposición de un mensaje. Ahora bien, el mensaje transmitido no tiene por qué coincidir con oraciones o expresiones del habla escrita, sino que como se verá se pueden formar, además de éstas, propuestas de procesos o estructuras de datos. De esta manera, la comunicación mediada por máquinas tiene unas características propias.
El mensaje transmitido desde un emisor a un receptor utilizando las TIC puede analizarse desde una perspectiva lingüística ya que es un acto de habla. Según Green (2013, 58), los actos de habla hacen referencia a aquellos actos que se realizan pronunciándolos. Para explicarlo, este autor pone el siguiente ejemplo: “yo puedo prometer que quedaré contigo mañana para comer diciendo, 'prometo quedar contigo mañana para comer', pero no puedo atarme los zapatos o lanzar una pelota diciendo 'ato estos zapatos' ('lanzo esta pelota')”. En su célebre obra “Cómo hacer cosas con palabras”, John L. Austin (2010) denomina a este tipo de actos de habla “oración realizativa o expresión realizativa o, para abreviar, un realizativo. La palabra realizativo […] [d]eriva, por supuesto, de realizar, que es el verbo usual que se antepone al sustantivo acción. Indica que emitir la expresión es realizar una acción y que ésta no se concibe normalmente como el mero decir algo” (2010, 51).
Estos actos de habla, realizados “al proferir sonidos verbales o al escribir signos gráficos pueden ser de varias clases: podemos hacer aserciones, formular preguntas, dar órdenes, hacer promesas etc.” (García 2010, 180) y son estudiados por la filosofía del lenguaje donde destacan las teorías de Austin y su discípulo John Searle. Austin pone de manifiesto que cuando se realiza un acto de habla se están realizando tres actos simultáneos, a los que denomina actos locucionarios, actos ilocucionarios y actos perlocucionarios. Esta clasificación es muy útil para aplicarla a los actos de habla que se realizan en la red:
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Los actos locucionarios consisten en decir algo. Austin incluye tres subcategorías en esta categoría: “la emisión de ciertos ruidos, la de ciertas palabras en una determinada construcción y con un cierto significado en la acepción preferida del término, esto es, con una referencia y sentido determinados” (2010, 141). A estas tres subcategorías las denomina acto fonético, acto fático y acto rético:
El acto fonético es el acto de proferir ciertos ruidos; el acto fático consiste en el acto de proferir ciertas palabras, “ruidos de ciertos tipos pertenecientes a cierto vocabulario […] emitidos en una construcción determinada” (2010, 140) y el acto rético “consiste en realizar el acto de usar esos términos con un cierto sentido y referencia, más o menos definidos” (2010, 142). La fonética y la fonología se encargan del estudio del acto fonético, la sintaxis lo hace del acto fático y la semántica del acto rético (García 2010, 199).
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Los actos ilocucionarios hacen referencia a la intención del hablante cuando realiza el acto de habla. Son los que se realizan al decir algo (García 2010, 199). “Es muy diferente que estemos aconsejando, o meramente sugiriendo, o realmente ordenando, o que estemos prometiendo en un sentido estricto o sólo anunciando una vaga intención” (Austin 2010, 145). El lenguaje puede utilizarse de varias maneras, por lo que los actos de habla pueden tener diferentes fuerzas ilocucionarias en función del lenguaje utilizado.
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Los actos perlocucionarios consisten en los efectos causados en quien realiza el acto de habla o en las terceras personas. “Bastante a menudo, e incluso normalmente, decir algo producirá ciertas consecuencias o efectos sobre los sentimientos, pensamientos o acciones del auditorio, o de quien emite la expresión, o de otras personas” (2010, 148).
Aplicando la anterior distinción de Austin a las actividades ciudadanas en internet, el acto locucionario consistiría en la creación de un registro en forma de magnetización de una superficie (si bien no son descartables otros sistemas de almacenamiento de la información), el acto ilocucionario consistiría en la intención del impulsor de la acción y, por último, el acto perlocucionario consistiría en los efectos causados por la acción en el público que recibe la información. Nótese que se hace referencia a las acciones en general en la red y no a las acciones micropolíticas.
Este último acto, el perlocucionario, es de gran utilidad para hacer una distinción entre las diversas actividades que se producen en la red como efecto de acciones impulsadas por colectivos. Grosso modo cabe señalar que los actos perlocucionarios de una acción en internet pueden consistir en efectos simplemente psicológicos (formación de un estado de opinión, obtención de conocimiento…), pero, también, la intención del hablante pudiera conseguir que la audiencia haga cosas y, de una manera más específica, que haga cosas AFK, lejos del teclado. Esta última distinción sirve para diferenciar entre aquellas acciones en las que simplemente se necesita que el receptor de la información la retransmita, sin más comportamiento por su parte, o haga algo más.
Pues bien, para las acciones micropolíticas, sólo interesa el equivalente en la red de lo que en términos tradicionales es una expresión realizativa (performative utterances en terminología austiniana) que provocase en los oyentes la ejecución de acciones u otras expresiones realizativas que no sólo impulsaran la difusión de la información en que la acción consiste, sino que fomentara que el receptor realizase actos concretos de ejecución de los procedimientos propuestos por la acción micropolítica, ya consistan éstos en un trabajo sobre los datos objeto de la acción, para enriquecer su contenido, ya consistan éstos en una acción lejos del teclado.
En resumen, mediante esta distinción se traza una línea entre ser meros repetidores de una información que se halla en internet (lo que sería el denominado activismo de click, activismo de salón o activismo de sofá) y ser participantes activos en una acción micropolítica.
Pero no sólo cabe fundamentarse en Austin para diferenciar entre activismo de sofá y activismo micropolítico. También es útil el sentido con el que Habermas matiza los actos perlocucionarios de Austin. La tesis de Habermas (2010, 339) es que “las perlocuciones han de entenderse como una clase especial de interacciones estratégicas”. Existe una finalidad del hablante de que su acto ilocucionario produzca unos efectos consistentes en que el oyente “entienda lo dicho y contraiga las obligaciones involucradas en la aceptación de la oferta que el acto de habla contiene sin dejar traslucir su propósito perlocucionario”. Esta reserva es lo que presta a las perlocuciones su carácter peculiarmente asimétrico de acciones estratégicas encubiertas. Habermas señala la conveniencia de “acudir a un tipo de interacción sobre el que no pesen las asimetrías y restricciones propias de las perlocuciones, siendo este tipo de interacción la que denomina acción comunicativa, que define como la clase de interacciones en las que todos los participantes armonizan entre sí sus planes individuales de acción y persiguen, sin reserva alguna, sus fines ilocucionarios”.
En el caso de usar los conceptos de Habermas, las diferencias entre el activismo de sofá y el activismo micropolítico también son evidentes: mientras que en el caso del activismo de sofá quien se limita a difundir la acción sólo hace eso, en el activismo micropolítico se produce un acto fuera del locus donde se obtuvo la información, lo que implicaría la ejecución de una interacción estratégica.
Carácter jurídico
Una acción micropolítica es una obra intelectual. El hecho de que una o varias personas decidan publicar una información en internet con una finalidad política proponiendo a otras personas la realización de acciones, además de constituir un acto político y un acto lingüístico, es una obra intelectual. Esta obra, por el mero hecho de la publicación, está sometida a las normas de propiedad intelectual y supone el nacimiento de derechos de autor en favor de quienes crean la obra.
Pero no sólo está sometida a la normativa de los derechos de autor. Numerosas parcelas del ordenamiento jurídico se ocupan de la información y así un mismo texto puede hallarse regulado simultáneamente por la libertad de expresión, el derecho a la información, la privacidad, la libertad de cátedra, la libertad religiosa, la propiedad intelectual o industrial, la reutilización de la información del sector público, los secretos del Estado y la publicidad, por solo citar algunas. Como norma general de un Estado democrático, en el caso de la publicación de una información en una web hemos de partir de la libertad de expresión y del derecho a la información, si bien siempre deberemos tener en cuenta que ninguno de los dos es un derecho absoluto y que, además de tener límites propios, se pueden hallar en tensión con otros derechos con los que se deba realizar un balance para ver cuál es el preferente (el típico caso es el conflicto entre la libertad de expresión y el derecho al honor).
En este apartado se tratarán muy sintéticamente dos grupos de derechos aplicables a las acciones micropolíticas: uno primero referido a derechos de jerarquía fundamental, la libertad de expresión y al derecho de información, que son esenciales para la formación de una correcta opinión pública como sustrato de la construcción democrática, y otro segundo grupo, referente a derechos de jerarquía ordinaria, la propiedad intelectual y la reutilización de la información del sector público, que son los que regulan las condiciones de replicación y difusión de la información.
Acerca del primer grupo de derechos, la libertad de expresión y el derecho a la información ha de señalarse que son las piezas jurídicas que posibilitan la confrontación de opiniones. Únicamente si existe esta confrontación podríamos defender que nos hallamos ante un sistema democrático. En este sentido, Bobbio (2009, 418), señala que de las muchas definiciones de democracia prefiere “aquella que la presenta como el «poder en público» indicándose así todos aquellos mecanismos institucionales que obligan a los gobernantes a tomar sus decisiones a la luz del día, y permiten a los gobernados «ver» cómo y dónde se toman dichas decisiones”. Ambos derechos trabajan conjuntamente: para que la ciudadanía pueda fiscalizar las acciones políticas de sus gobernantes, ha de existir tanto una transparencia obtenida mediante el derecho a la información como una posibilidad de crítica ejercitable mediante la libertad de expresión. Aun cuando trabajen conjuntamente, cada uno lo hace desde una parcela diferente. La sentencia del Tribunal Constitucional 41/2011, de 11 de abril de 2011 muestra la diferencia entre ambos derechos:
El derecho que garantiza la libertad de expresión, cuyo objeto son los pensamientos, ideas y opiniones (concepto amplio que incluye las apreciaciones y los juicios de valor) y el derecho a comunicar información, que se refiere a la difusión de aquellos hechos que merecen ser considerados noticiables. Esta distinción entre pensamientos, ideas y opiniones, de un lado, y comunicación informativa de hechos, de otro, tiene decisiva importancia a la hora de determinar la legitimidad del ejercicio de esas libertades, pues mientras los hechos son susceptibles de prueba, las opiniones o juicios de valor, por su misma naturaleza, no se prestan a una demostración de exactitud, y ello hace que al que ejercita la libertad de expresión no le sea exigible la prueba de la verdad o diligencia en su averiguación, que condiciona, en cambio, la legitimidad del derecho de información por expreso mandato constitucional, que ha añadido al término “información”, en el texto del art. 20.1 d) CE, el adjetivo “veraz”.
La diferencia entre ambas figuras es relevante para los límites del contenido publicado en las webs de las acciones micropolíticas: el derecho a la información exige que el contenido transmitido sea veraz por lo que si se informa sobre algún hecho, no deberá publicarse ninguna información cuyo contenido no corresponda a hechos comprobados. Por otra parte, los impulsores de la acción pueden ejercer la libertad de expresión. En este ejercicio no es necesario que las opiniones vertidas sean veraces pero no por ello tales expresiones pueden traspasar los límites de los derechos al honor de las personas. Tal y como la doctrina jurídica ha reiterado ad infinitum, la libertad de expresión no incluye el derecho al insulto.
Referente al segundo grupo de derechos que hemos mencionado, el relativo a la replicación de la información, deben señalarse otras dos categorías, en este caso la propiedad intelectual y el derecho a la reutilización de la información del sector público. Cuando se está en presencia de obras literarias, artísticas o científicas, la normativa de aplicación son las disposiciones de la propiedad intelectual, siendo central en nuestra regulación el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril. En el supuesto de datos provenientes del sector público, la normativa aplicable es la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público.
En esencia, de lo que tratan estas normas es de las condiciones en las que una persona puede utilizar una obra o una información, siendo lo más relevante, en el caso de la propiedad intelectual, que si el autor de una obra no ha dado expresamente los permisos de reproducción y difusión de la información, entonces no se puede realizar una reproducción ni difusión de la obra. La cuestión clave en el campo de la propiedad intelectual es que si el autor de la obra (o el titular de derechos por haberle sido transmitido los mismos por el autor) no ha concedido permiso de copia, distribución, difusión o transformación de la obra, entonces tales actividades de copia, distribución, difusión o transformación en principio no podrán realizarse. Para que pueda copiarse, distribuirse, difundirse o transformarse una obra se necesita o bien un permiso del del titular de los derechos o bien hallarse en uno de los supuestos que se denominan excepciones o límites (por ejemplo, el derecho de cita, de reproducción de obras de arte que se hallan en el espacio público, derecho de parodia...). Por su parte, el permiso del titular de los derechos puede obtenerse expresarse bien de una manera concreta, bien de una manera genérica a través de lo que se han venido a denominar licencias libres. Por tanto, la manida excusa de reproduje la fotografía porque la encontré por internet no es válida. Haciendo una gruesa generalización, para saber si lícitamente se puede copiar, distribuir, difundir o transformar una obra habría que obtener una respuesta positiva en alguna de las tres preguntas siguientes: ¿tengo permiso del titular de los derechos para realizar alguno de los cuatro actos? ¿se halla la obra en dominio público13? o ¿estoy ejerciendo algún límite o excepción de la propiedad intelectual?
En el caso de reutilización de la información del sector público el movimiento Open Data ha desarrollado propuestas para intentar minimizar la dificultad en la difusión, en especial los diez criterios de la Sunlight Foundation (Nadal y De la Cueva, 2012, 10–13) a los que se hará referencia en la parte práctica de este ensayo.
Carácter tecnológico
Las acciones micropolíticas participan hoy en día de un carácter tecnológico ya que suponen la utilización de las TIC para la creación de los procesos y datos que utilizan, su almacenamiento, publicación, difusión, búsqueda, acceso transformación y financiación. Sin embargo, este carácter tecnológico no implica que el componente de la acción micropolítica sólo se ejecute en el locus de las redes de comunicaciones, sino que ha de señalarse el carácter instrumental de tales redes, siendo relevante que la acción tenga desarrollo también lejos del teclado. Carecer de entorno AFK implica que las acciones micropolíticas se quedan en meros actos locucionarios cuya consecuencia puede consistir en actos perlocucionarios no realizativos esto es, en lenguaje coloquial, se pueden quedar en mera palabrería.
Dos son las cuestiones derivadas del carácter tecnológico de las acciones micropolíticas sobre las que se debe prestar atención: en primer lugar, las que derivan de esta naturaleza dual red-AFK y, en segundo lugar, las que se derivan de la arquitectura tecnológica de internet.
En la dualidad de entornos red y AFK, las acciones micropolíticas permiten la aparición de un tercer estado en la acumulación informacional relevante para formar la opinión pública. En un anterior trabajo (Nadal y de la Cueva, 2012) sobre la redefinición del concepto de isegoría, se adelantaba la siguiente proposición que ahora se sintetiza:
- En la antigüedad, la democracia se fundamentaba en la confrontación de las opiniones verbales y la toma de acuerdos en virtud de la conversación más o menos formal mantenida.
- Con posterioridad, la aparición de la escritura y las tecnologías de registro como la imprenta y más tarde las audiovisuales, suponen un segundo escalón para la formación de la esfera donde se forma la opinión pública.
- En la actualidad, además de los dos anteriores estados de información, existen los datos abiertos (open data) que, entre otros fines, sirven de corroboración de la veracidad de la información recibida vía oral, vía tecnologías de registro.
Así pues, existen dos elementos necesarios para la construcción de un debate democrático que se vehiculan AFK, mientras que el tercero, el open data, necesariamente ha de habitar el locus de las redes para poder desarrollar toda su potencialidad de control crítico tanto sobre sí mismo (verificando su validez) como sobre los otros dos elementos anteriores: lo manifestado verbalmente y lo registrado (con independencia de que lo impreso sea en papel o en soporte digital). Con el mundo digital, lo novedoso no es la aparición de datos abiertos, sino la posibilidad de una especial verificación documental electrónica del contenido de las noticias o de la acción política, especialidad que sólo es posible mediante la utilización de las TIC14.
Esta especial potencialidad de herramienta de control crítico permite el nacimiento de una nueva generación de las denominadas tecnologías de la objetividad que Andler, Fagot-Largeault y Saint-Sernin señalan como “los métodos (de encuesta, análisis estadístico, modelos, etc.) a través de los cuales una comunidad científica, en un ambiente democrático, asegura cierta representación no ideológica de la realidad sin ocultarse la complejidad del trabajo” (Andler, Fargot-Largeault y Saint-Sernin 2011, 140). Estos autores señalan una cita de Ian Hacking quien, en un taller informal sobre “Historical Epistemology” celebrado en Toronto en 1993, afirmó que “[u]n Estado autoritario no requiere tecnologías de la objetividad, pero uno democrático —utilizo el término de manera descriptiva, no valorativa— no puede existir sin ellas”.
En cuanto a la segunda de las cuestiones, la arquitectura de internet, los hechos ocurridos tanto con la difusión del Cablegate por Wikileaks como con el espionaje masivo del que ha alertado Edward Snowden, han demostrado la existencia de unos puntos débiles cuya existencia se ha de tener en cuenta, aun cuando el diseño inicial de internet buscase la fortaleza de la transmisión de información (Naughton, 1999, 97).
Con la aparición el 28 de noviembre de 2010 de la noticia de la publicación en la web de Wikileaks de 251.287 cables enviados por los embajadores de los Estados Unidos de América a su Secretaría de Estado, comenzaron los esfuerzos de este país para evitar su difusión. Tras sufrir unos iniciales ataques distribuidos de denegación de servicio (DDoS), Wikileaks se alojó en los servidores de la empresa Amazon, quien además de vender libros, presta servicios de almacenamiento de datos. Tras su inicial asentimiento, el 2 de diciembre de 2010 Amazón decidió dejar de prestarle servicio a Wikileaks, que pasó a alojarse en unos servidores franceses. Por otra parte, la empresa EveryDNS que resolvía el nombre de dominio wikileaks.org dejó de prestarle este servicio, por lo que cuando se intentaba acceder a la URL http://wikileaks.org los servidores responsables de resolver tal nombre a la dirección numérica de Wikileaks no daban respuesta. Conjuntamente, las compañías financieras que permiten realizar pagos en internet dejaron de procesar las órdenes de donaciones hacia esta organización.
La respuesta tecnológica de Wikileaks fue inicialmente la de publicar instrucciones para que cualquier persona pudiera instalar una réplica de su servidor, lo que suponía una descentralización de la información publicada en su web. Posteriormente, Wikileaks fue al corazón del sistema y puso a disposición pública en las redes p2p el archivo de la base de datos que contenía los cables. De esta manera, las fuentes de la información ya estaban en miles de ordenadores y era imposible su borrado.
La lección que se aprende de esta experiencia es doble: la nación más poderosa del planeta no ha sido capaz de evitar la difusión de sus secretos de Estado y, al mismo tiempo, se han mostrado los puntos débiles de la arquitectura tecnológica de una acción micropolítica: un ataque de denegación de servicio, el enrutamiento del tráfico, el alojamiento de la información y la financiación, lo que será tratado en la parte práctica de este ensayo.
Por otra parte, el caso del consultor de tecnología estadounidense, Edward Snowden, ha evidenciado que la NSA (Agencia de Seguridad Nacional de los EE.UU.) espía con carácter regular las comunicaciones en internet. En junio de 2013 los diarios The Guardian (Greenwald 2013) y The Washington Post (Gelman 2013) comenzaron a publicar información sobre las filtraciones de Snowden, quien había trabajado para una empresa subcontratada por la NSA. En los artículos de ambos periódicos se explicaban los métodos y el alcance del espionaje practicado.
Ante esta situación, un activista austríaco, Maximilian Schrems, desarrolló su acción micropolítica “Europe versus Facebook” en cuyo marco solicitó ante las autoridades de datos irlandesas la paralización del envío de datos de Facebook desde sus instalaciones en Irlanda a sus instalaciones en California. Schrems argumentó que esta transferencia internacional de datos desde Europa a los Estados Unidos finalmente caía en manos de la NSA. Ante la negativa de la autoridad de datos irlandesa a aceptar la petición de Schrems, éste llevó adelante el procedimiento ante los órganos judiciales de ese país y finalmente consiguió el 18 de junio de 2014 una resolución del High Court of Ireland, en la que el juez Hogan señalaba (caso Schrems contra Data Protection Commissioner), que:
5. Sólo los tontos negarían que los Estados Unidos tiene, debido a su status de superpotencia […] responsabilidades de largo alcance sobre la seguridad global. Es probablemente la única potencia mundial con un alcance global que puede controlar con eficacia las actividades de los Estados criminales, avanzados grupos terroristas y el gran crimen organizado, aun cuando el apoyo de Estados aliados tales como el Reino Unido sean también de gran ayuda para descargar estas tareas y responsabilidades. […] Estos programas de vigilancia han salvado sin duda muchas vidas y han contribuido a garantizar un alto nivel de seguridad, tanto en el mundo occidental como en otros lugares. Pero también puede haber una sospecha en algunos sectores de que este tipo de vigilancia ha tenido efectos colaterales, incluyendo la conservación y el refuerzo de los poderes político y económico globales estadounidenses.
[…]
8. […] Las revelaciones de Snowden demuestran una extralimitación masiva por parte de las autoridades de seguridad, con una estudiada indiferencia hacia los intereses de privacidad de los ciudadanos ordinarios. Sus derechos a la protección de datos se han visto seriamente comprometidos por los masivos y grandes programas de vigilancia no supervisados. (Irlanda, 2014)
Con estos argumentos el juez irlandés decidió enviar el caso al TJUE, planteando una cuestión prejudicial que si bien se hallaba pendiente de resolución en la fecha de escritura de la primera edición de este ensayo15 hoy ya sabemos su resultado y éste ha sido favorable a la petición de Schrems. Gracias a esta acción, el TJUE decidió en sentencia de 11 de noviembre de 2015 la invalidez de la decisión del Consejo Europeo por la que las empresas norteamericanas podían hacerse con los datos privados de los ciudadanos europeos.
De todas maneras, cualquiera que hubiera sido la decisión tomada por el TJUE, la existencia de una sistemática vulneración de la privacidad por parte de las autoridades es un hecho notorio, no dubitado, lo que se deberá tener en cuenta a la hora de la utilización de herramientas de criptografía.
Componentes de una acción micropolítica
Es común a todas las acciones micropolíticas la publicación de un conocimiento libre y de una propuesta de procedimiento. Ambos componentes pueden tener extensiones y complejidades diferentes y pueden abarcar desde lo más simple a lo más múltiple. La información libre puede consistir desde un mínimo tuit (140 caracteres) hasta complejos informes sobre impactos territoriales y ambientales16. La propuesta de procedimiento puede consistir en la propuesta de un mero retuit o de la interposición y posterior asistencia a un juicio en reclamación del importe del canon digital. A continuación se señalan ambos componentes.
Datos, información y conocimiento libres
Bajo un punto de vista general, se puede señalar con Luciano Floridi que:
El ciclo de vida de la información típicamente abarca las siguientes fases: aparición (descubrimiento, diseño, creación por un autor, etc.), registro, transmisión (a través de la red, distribución, acceso, recuperación), procesamiento (recolección, validación, combinación, modificación, organización, indexación, clasificación, filtrado, actualización, ordenación, almacenamiento, etc.) y uso (monitorización, modelado, análisis, explicación, planeamiento, predicción, toma de decisiones, instrucción, educación, aprendizaje, juego, etc.). (Floridi 2014, 5-6).
Debe notarse que el ciclo señalado por Floridi es aplicable no sólo a la información sino también a los datos. Por datos se entiende la unidad mínima de significado, mientras la información sería un conjunto de datos ya dotados de significación, representando el conocimiento un agregado de los anteriores datos e información.
Este ciclo de vida se cumple en las acciones micropolíticas. Toda acción micropolítica nace a la luz pública poniendo una información a disposición pública en un sitio web y que sirve de fuente común para quienes desean adherirse a la acción propuesta o desarrollar otra acción paralela. El contenido de esta información abarca la explicación del problema detectado, los fines que se buscan con la acción que se propone y el conocimiento que los ciberactivistas entienden relevante para quienes participan en la acción, si bien los destinatarios de la información no sólo son quienes participan en ella, sino el público en general. Tras la aparición, la información puesta a disposición pública va mutando, transformándose según los avances conseguidos y el conocimiento adquirido mientras se ejecutan (y documentan) los procedimientos que se proponen.
La información publicada constituye un procomún digital, marco en el cual se produce la existencia de un conocimiento libre, que sirve como fuente común para las diversas acciones, dentro del cual existen datos libres que pueden conectarse entre sí mediante una relación semántica. Como se explica a continuación, esta relación entre los datos libres puede constituir una formalización apta para conectar las diferentes acciones micropolíticas iniciadas por diferentes colectivos, utilizando para ello las propuestas de la web semántica.
El procomún digital17
Los bienes comunes constituyen un tertium genus más allá de los bienes públicos y de los bienes privados. Estos bienes suponen para Andoni Alonso “un nuevo paradigma en la economía [...] que busca un espacio propio entre lo privado y lo público y que se revela como una fuente de riqueza no solo para los individuos sino también para toda la comunidad” (2013).
Para Antonio Lafuente, el procomún es “[l]o que es de todos y de nadie al mismo tiempo. En el castellano antiguo más que describir una cosa, da cuenta de una actividad que se hace en provecho de todos. El procomún, los commons, en todo caso, no es definible, porque evoca la existencia de bienes muy heterogéneos que van desde los viejos pastos comunales a los nuevos mundos de la biodiversidad, el folclore o la gastronomía” (Lafuente en Gutiérrez 2012). Coinciden estas ideas con las de Stefano Rodotá, para quien
Los bienes comunes18 son de «titularidad difusa», pertenecen a todos y a ninguno, en el sentido de que todos deben poder acceder a ellos y nadie puede alardear de tener pretensiones exclusivas sobre ellos. Deben administrarse partiendo del principio de solidaridad. Incorporan la dimensión de futuro y, en consecuencia, deben gobernarse también en el interés de las generaciones venideras. En este sentido son propiamente un «patrimonio de la humanidad» y cada cual debe estar en condiciones de defenderlos incluso tutelando un bien alejado del lugar en el que vive. (Rodotá 2014, 112).
La aparición de las TIC generó la existencia de un nuevo entorno de desarrollo humano, facilitándose de esta manera la aparición del procomún digital. Para explicarlo son útiles las tesis del filósofo de la ciencia Javier Echeverría sobre los tres entornos de la humanidad19: el primero de los entornos donde la especie humana se desenvuelve es “el medio ambiente natural” (1999, 27); el segundo entorno “ya no es natural, sino cultural y social, y puede ser denominado entorno urbano” (1999, 41) mientras que el tercer entorno, que “instituye un principio reticular que ha de ser formalizado por medio de grafos, no de recintos, rompiendo así con un sistema extensional basado en recintos y territorios” (1999, 85), es “uno de los resultados de la tecnociencia” (1999, 49), “un espacio básicamente artificial y está posibilitado por una serie de tecnologías, entre las cuales mencionaremos siete: el teléfono, la radio, la televisión, el dinero electrónico, las redes telemáticas, los multimedia y el hipertexto” (1999, 48).
Este tercer entorno de las redes existe físicamente. El profesor de Harvard Yochai Benkler lo describe mediante una estructura de tres capas. Benkler señala que el entorno de la red consta de “la capa de infraestructura física —cables y espectro de radio—, la capa de infraestructura lógica —software— y la capa de contenido” (2000, 562 y 2015, 438). Otros autores como Solum y Chung (2003, 3) dividen el entorno de la red en hasta siete capas: la capa física o de conexión, la interfaz de enlace entre el ordenador y la red, el protocolo de internet (IP20), el transporte (TCP21), las aplicaciones y, finalmente, la capa de contenido. Y en otra ocasión se ha sintetizado en cuatro los elementos del entorno informacional: cables u ondas entre los aparatos, aparatos que copian las listas, listas de bits que funcionan como aplicaciones y listas de bits que funcionan como datos (De la Cueva, 2009, 46).
La capa de la infraestructura señalada por Benkler, coincidente con las partes físicas de la red, se diseña para cumplir los requisitos de los estándares abiertos de internet22 (los RFC, Request for Comments), mientras que en la capa lógica se encuentra el procomún digital compuesto por los citados estándares abiertos de internet, que son la arquitectura del software que maneja entre otros el sistema de nombres de dominio23, servidores web24 y servidores de correo electrónico25, navegadores de la web, clientes de correo electrónico o sistemas operativos como GNU / Linux. Y, por último, en la capa de contenidos se encuentra también el procomún digital, compuesto por obras como la Wikipedia, OpenStreetMaps, la web semántica, los trabajos de Tim Berners-Lee abriendo gobiernos26 o las dispersas acciones micropolíticas propuestas por los múltiples y variados colectivos.
Inspirándose en los tres entornos de la humanidad propuestos por Javier Echeverría, Antonio Lafuente desarrolló su tesis de los cuatro entornos del procomún. Lafuente defiende que el procomún desarrolla su existencia en cuatro entornos: el cuerpo, la naturaleza, la ciudad y el digital (Lafuente 2007). Como ejemplos del procomún en cada entorno se pueden citar: en el cuerpo, el ADN; en la naturaleza, el aire limpio, el espacio exterior, los lugares de pesca, los bosques y el mar; en la ciudad el sistema de alcantarillado, las actividades nacidas en la vida urbana tales como bailar el vals, jugar al fútbol o pintar grafiti y, para finalizar, en el entorno digital, los ya citados protocolos de internet, software libre, y también la Wikipedia, OpenStreetMaps y las acciones micropolíticas.
La importancia del concepto de procomún supuso que, en el año 2009, Elinor Ostrom27 recibiera el premio Nobel de Economía por su análisis de la gobernanza económica y especialmente el procomún28. Elinor Ostrom y Charlotte Hess fueron las primeras académicas en proponer en el año 2001 el tratamiento de la información como un common pool resource (un recurso comunal) cuya titularidad corresponde colectivamente a comunidades (Hess y Ostrom 2001 y 2007) lo que supuso una posibilidad inmensa como construcción teórica y desarrollo práctico, que, como se puede testimoniar fácilmente con sólo asomarse a internet, en la actualidad es un paisaje de construcción colaborativa. Siguiendo la línea de Ostrom y Hess, que amparaba la información en cualquier tipo de soporte, ya en lo que respecta concretamente al procomún digital, Mayo Fuster mantiene una opinión coincidente:
Los procomunes digitales se definen como los recursos de información y de conocimiento que se crean, se poseen y se comparten de forma colectiva entre una comunidad y que tienden a no ser exclusivos, es decir, que (generalmente de forma libre) están a disposición de terceros y terceras. Por lo tanto, se orientan a favorecer el uso y la reutilización, en lugar del intercambio de una mercancía. (Fuster 2015, 34-35).
Sobre la aparición del procomún digital, Benkler afirma que “tenemos una oportunidad de cambiar la forma en la que creamos e intercambiamos información, conocimiento y cultura, podemos crear un siglo XXI en el que la democracia se sustente en una mayor autonomía individual pero no por ello menos solidaria” (2015, 529), un entorno donde los “[v]alores como la libertad, la necesidad de lazos comunitarios (hospitalidad, granularidad y mediación), la potenciación (empowerment), la independencia y la convivencialidad se han mostrado como los incentivos para formar parte de un impulso de innovación social” (Alonso, 2013).
Y todo este procomún digital se está construyendo mediante código jurídico y código informático29. El primero propone licencias de propiedad intelectual en las que se evidencie de antemano la posibilidad legal de reutilización de la información, sin necesidad de petición de permiso alguno, mientras que el segundo desarrolla protocolos de internet para forjar la arquitectura global, así como los sistemas de almacenamiento, de búsqueda y de difusión por clonación de la información. De esta manera se optimiza la gestión de la información (se des-gestiona la propiedad intelectual) buscando parcelas donde el derecho no tenga protagonismo ya que prima la economía del don mediante un caso especial de res derelictae, el copyleft, que al ser infinitamente replicable puede ser infinitamente objeto de ocupación: todos pueden descargar una copia de la Wikipedia y todos pueden instalar, por ejemplo, una copia de Mediawiki (software bajo el que opera la Wikipedia) o del Proyecto Kune30 y así generar un locus procomunal. Tanto el continente como el contenido son libremente descargables e instalables.
El conocimiento libre
La pregunta sobre qué es conocimiento es el problema tratado por la epistemología y excede de los propósitos de este texto, si bien con las reservas propias del respeto hacia dicha disciplina, para los propósitos de esta obra se puede entender por conocimiento todo saber relacionado con un objeto. Integra, por tanto, los datos y la información.
Lo relevante para las acciones micropolíticas es que el conocimiento utilizado sea libre. En el momento en el que unas ideas se materializan en forma de publicación pasan a estar reguladas por el ordenamiento jurídico. Tal y como se señalaba en un apartado anterior sobre el carácter jurídico de la acción micropolítica, la publicación en una página web de un conocimiento implica que éste, de una manera automática, esté regido, entre otras, por las normas de propiedad intelectual. Como ya se explicó, la normativa de propiedad intelectual impide realizar acción alguna con una obra salvo que se haya obtenido permiso del titular de los derechos, que la obra se halle en dominio público o en los supuestos de la existencia de un límite o excepción.
Para evitar este problema que impide la replicabilidad y transformación de las obras, se utiliza un sistema de licencias de propiedad intelectual que, según se explicará, permite a los posibles usuarios saber de antemano qué usos se pueden realizar de las mismas. La existencia de este sistema de permisos previos públicamente concedidos por los titulares de los derechos ha conducido a la coexistencia de dos modelos:
El primer modelo, único del que hablan los medios de comunicación, supone proteger la obra de la manera clásica con la que siempre se ha protegido el derecho de propiedad, que es desarrollando mecanismos de exclusión de usos ajenos mediante alarmas, offendicula, vallas, rejas, lindes... Excluir del uso de una obra a quienes no tienen autorización permite la creación de mercados y el establecimiento de tarifas por acceder a la misma. Es el modelo del entretenimiento, del circo, y es seguido principalmente por los mercaderes de la cultura, cuyos tótems son la película de máxima recaudación, la canción del verano y el best-seller, si bien, como buenos mercachifles, no les falta impudicia para llamar cultura a la basura que venden.
El segundo modelo entiende que la mejor manera para proteger una obra intelectual es desarrollando ecosistemas en los que ésta pueda reproducirse. Se trata del modelo seguido por el Instituto Cervantes, la Alliance Française, el British Council o el Instituto Goethe, donde lo relevante no es la exclusión del otro, sino difundir al máximo la obra intelectual, en este caso la lengua y la cultura de un país. Es el modelo del software libre, de los ya mencionados protocolos de internet, de la Wikipedia y de la protección del ADN del lince ibérico. Como podemos intuir, este sistema de protección de obras no supone una nueva estrategia sino que es algo tan antiguo como la Academia. Esta autoría colectiva universal pone en jaque los fundamentos individualistas de los derechos de autor, sin por ello desdibujar las razones kantianas del enriquecimiento personal que el autor recibe a través de la propiedad intelectual de su obra o las razones de Hume, acerca de la posibilidad de evitar un conflicto sobre recursos escasos mediante el establecimiento de reglas de atribución. La riqueza, en este caso, no se produce en favor de una minoría mediante la mercantilización de los diversos usos fragmentados de una obra, sino que se genera en favor de todos mediante una segunda derivada producto de un contexto colectivo de enriquecimiento: es evidente que un país alfabetizado tiene diferentes perspectivas de riqueza que uno donde el analfabetismo es la norma. (De la Cueva 2015, 86-87).
Lo que interesa es este segundo modelo ya que si algo se pretende mediante las acciones micropolíticas es que terceras personas se adhieran a la iniciativa. Por esta razón, es de esencia a estas acciones que el conocimiento se comparta, propiciándose lo que se ha venido a denominar una comunidad de prácticas, que consiste en “un grupo de personas que comparten una preocupación, un conjunto de problemas, una pasión sobre un tema, y que profundizan su conocimiento y saber experto en este área interactuando de manera continua” (Wenger, McDermot y Snyder 2002, 4).
Compartir el saber implica, como ponen de relieve Lave y Wenger (1991, 36), que no existe un centro y una periferia en el conocimiento sino que existe una participación completa por parte de todos los integrantes de la comunidad, lo que finalmente produce que el conocimiento libre generado no se pueda atribuir a un autor concreto, sino a un colectivo. El hecho de que alguien inicie una comunidad de prácticas, también llamada comunidad de aprendizaje, a la larga no supone más que un mero hito que puede traducirse o no en un reconocimiento por parte de la comunidad, como el que se produce con Linus Torvalds, en cuanto al desarrollo de Linux, o con Ada Colau, en cuanto a los esfuerzos de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), aun cuando en ambos casos la comunidad esté formada por una pluralidad. Pero tal reconocimiento no tiene por qué suponer un carácter jerárquico vertical donde se sigan los criterios de quien inició el proyecto. La Wikipedia, iniciada por Jimbo Wales, no se rige por los designios de su creador sino que se organiza mediante personas cuya aportación al fondo común (al procomún digital) es considerado relevante por el resto de la comunidad.
Tanto la acción individual como la interacción de los participantes entre sí produce la aportación de conocimiento al procomún gestionado por los mismos. Por ejemplo, en la “Demanda contra el canon” en los soportes digitales, cada uno de los participantes iba aportando al cuerpo documental común la resolución judicial de su propio caso, lo que luego se utilizaba para fundamentar los casos subsiguientes. Este sistema de funcionamiento es el habitual en el mundo de la abogacía puesto que supone utilizar los precedentes judiciales en los nuevos casos para así utilizar no sólo la ley como apoyo de los propios argumentos, sino también un criterio de autoridad como lo es el de las resoluciones de juzgados que tuvieron que pronunciarse sobre casos idénticos.
Si el conocimiento ha de compartirse, se le deben poner las menores trabas posibles tanto a su generación como a su difusión, debiendo prestarse especial atención a la problemática jurídica, puesto que la vulneración de la propiedad intelectual puede suponer un talón de Aquiles de la acción micropolítica. Para eliminar estas trabas se ha trabajado tanto desde la perspectiva técnica como desde la jurídica. Desde la perspectiva técnica, la existencia de la tecnología digital y de la implementación de los protocolos de conexión entre ordenadores suponen el mejor de los ejemplos de cómo resolver el problema de poner un conocimiento al alcance universal. Por su parte, desde la perspectiva legal, se han realizado estandarizaciones de licencias de propiedad intelectual para que quien publique el conocimiento en línea proclame de antemano los permisos que otorga a quienes acceden al mismo. En este sentido, sobresalen iniciativas de lo que se han denominado licencias libres tanto para código informático31 como para obras literarias, artísticas o científicas, siendo las licencias más conocidas en este último caso, que es el que interesa para las acciones micropolíticas, las licencias Creative Commons. El conocimiento libre, al adjuntar la licencia libre a la obra, proclama de antemano qué permisos están ya concedidos, dándose así la vuelta al sistema por omisión de la normativa de la propiedad intelectual, que se fundamenta en el control de la copia para rentabilizarla económicamente, y propugnando la difusión de la obra como aportación a una riqueza común.
El conocimiento que se publica en línea debe generarse ab initio por los integrantes de la comunidad, o bien tener los permisos de publicación dados de antemano por los autores, o hallarse en dominio público, o publicarse en el ejercicio de un límite legal. Estas posibilidades serán tratadas en la parte práctica de esta obra.
Los datos libres
Una parte del conocimiento libre que debe publicarse o referenciarse en la web de la acción micropolítica es lo que se denomina open data, datos libres. Los datos libres suponen un subconjunto del conocimiento libre pero se singularizan en que, como no son una obra literaria, artística o científica, no se hallan sometidos a propiedad intelectual. Los datos son una mera expresión de aspectos fácticos, siendo la estadística el mejor de los ejemplos: cuántos habitantes tiene una ciudad, cuántos jueces existen por cada mil habitantes, cuántas camas de hospital existen en una comunidad autónoma, etc.
La existencia de datos libres, estructurados y en formatos listos para su uso facilita la ejecución de las acciones micropolíticas. El bloque informacional básico político sobre el que hemos de construir es el de los datos sobre personas, órganos públicos compuestos por estas personas y la información que generan tales personas usando los órganos públicos. Esta tríada es aplicable a cada uno de los poderes del Estado y a los órganos constitucionales (De la Cueva, 2012a).
Es cierto que, en un sistema democrático, debería ser el propio Estado quien volcase la información en la web (Berners-Lee, 2009) sin embargo, habida cuenta de la realidad, ha de resultar una prioridad para los activistas micropolíticos la formación de un cuerpo de datos reutilizable en sus acciones. La razón es evidente: si se trata de una iniciativa en la que hay que contactar con los parlamentarios, que dos grupos de ciudadanos deban consultar las páginas web del Congreso y del Senado para extraer sus direcciones de correos electrónicos incumple la máxima hacker de que una misma línea de código no ha de ser escrita dos veces. Se trata, por tanto, de obtener utilidades que sirvan no sólo para conocer mejor sino también para ser más productivos.
La existencia de datos libres cumple una función que se antoja elemental: servir de piezas para que los ciudadanos generen con ellos una pragmática. Se trata de construir el tercer elemento al que nos hemos referido en el anterior apartado sobre el carácter tecnológico de las acciones micropolíticas, una herramienta útil para el control político y para el desarrollo de tecnologías de la objetividad. Por ejemplo, sería muy útil conocer del número de desahucios de nuestro país cuántos se deben a cada entidad financiera, cuántos se han producido por incumplimiento de la devolución principal de un préstamo, cuántos se deben a impagos de renta de arrendamiento, en cuántas de las hipotecas existen cláusulas que fueran contrarias a la normativa europea, qué porcentaje se había devuelto de principal y cuánto de intereses... La puesta a disposición en línea de unos datos abiertos por parte de las comunidades de afectados sirve para obtener datos de una realidad imposible de conocer de otra manera puesto que no existen instituciones públicas que realicen esta labor.
La relación entre los datos: la web semántica
Además de la existencia de datos abiertos, uno de los puntos sobre los que conviene incidir es en la metodología de la relación entre ellos. La denominada web semántica32 es un sistema de publicación de información que permite dos cuestiones fundamentales: en primer lugar, la exhibición pública de las relaciones entre las categorías de datos y sus propiedades para su utilización por terceros y, en segundo lugar, la inyección en el código legible por máquinas de conceptos propios de las ciencias sociales. Antes de ver ambos puntos, conviene previamente realizar unas explicaciones.
Para describir información, la web semántica utiliza un sistema de tripletes compuesto cada uno de ellos por un Sujeto (S), un Predicado (P) y un Objeto (O). Se trata de tres categorías de la lógica descriptiva tratadas con detenimiento en Baader et al. (2003), que el World Wide Web Consortium (W3C) utiliza en unos estándares llamados Resource Description Framework (RDF)33 o marco de descripción de recursos. Manola y Miller definen el triplete SPO de la siguiente manera:
Específicamente, la parte que identifica la cosa de la que la proposición se predica se denomina el sujeto. La parte que identifica la propiedad o característica que el sujeto de la proposición especifica se denomina el predicado y la parte que identifica el valor de esa propiedad se denomina el objeto. (Manola y Miller 2004)
En palabras más sencillas, se trata de una manera de escribir conceptos y las relaciones entre ellos mediante código legible por máquinas. El problema que esta tecnología viene a resolver es la difícil interoperabilidad entre diferentes sistemas de almacenamiento de datos. Un ejemplo lo intentará aclarar.
Se parte de dos bases de datos: la primera de un instituto y la segunda de una universidad. Cada organismo mantendrá un registro de sus alumnos en una base de datos, bases distintas entre sí ya que cada una tendrá registros definidos por cada creador en función de sus necesidades y que casi nunca serán coincidentes. Los ejemplos típicos de disfunción son que mientras una base de datos puede tener un solo campo para los dos apellidos, la otra base de datos puede tener un campo para el primer apellido y otro campo para el segundo; mientras en una base de datos la fecha de nacimiento tiene tres campos referentes a día, mes y año, la otra reúne esta información en un solo campo; mientras en una base de datos el domicilio se expresa mediante dos campos, uno perteneciente a la clave (plaza, calle, avenida, etc.), y el otro a la denominación de la vía, la otra base de datos utiliza un solo campo para la información del domicilio.
Si se desea poner en común la información del instituto y de la universidad ya que se necesita una base de datos omnicomprensiva de la vida estudiantil de una persona, explicándolo de una manera muy básica, tras verificar el software de cada base de datos, deben luego verificarse los campos en que están divididos los registros cada una de las bases de datos, comprobando cuáles de los campos de los registros son comunes a instituto y universidad y cuáles son propios de cada una de las instituciones. Hecho este análisis, se deberá decidir qué software se usará para la base de datos resultante y luego, con este nuevo software, se deberá crear una nueva base de datos donde se escriban nuevas tablas que contengan tanto los registros comunes como los registros propios del instituto y de la universidad.
Para realizar esta labor, el sistema RDF ofrece un lenguaje formal que sirve para describir cualquier concepto y cualquier relación entre conceptos. Los pasos que se siguen son los de crear un vocabulario de conceptos y luego definir el sistema de relaciones entre los términos que integran el vocabulario.
En el caso del ejemplo, el vocabulario que se debe crear integra términos sobre las personas, las asignaturas de cada curso, las notas obtenidas y los centros educativos. Se trata de escribir una mera taxonomía en la que se reflejan los términos que se entiende hacen referencia a la información que se desea manejar. Dentro del triplete que se utiliza en RDF, antes señalado, y que consiste en Sujeto, Predicado y Objeto, mediante esta taxonomía se estarían obteniendo las categorías que luego se utilizan como Sujeto y Objeto. Estas categorías se expresan como un sustantivo.
En este caso, el vocabulario consta de términos sobre la persona: (1) “nombre”, (2) “apellidos”, (3) “fecha de nacimiento”, (4) “lugar de nacimiento”, (5) “número de documento de identidad”; sobre asignaturas y calificaciones: (6) “nombre de la asignatura”, (7) “nombre del profesor”, (8) “calificación”, (9) “número de convocatoria”, (10) “fecha de la calificación”; y sobre el centro educativo: (11) “nombre del centro” y (12) “nivel educativo”. En total, con un vocabulario de doce términos se ha descrito un modelo, modelo que no sólo es el de la información de un instituto y de una universidad sino de cualquier instituto y de cualquier universidad.
En segundo lugar, tras construir el vocabulario del modelo, se describen las relaciones entre los términos del vocabulario. Se trata de evolucionar desde el mero vocabulario, la lista de términos uno detrás de otro, hasta un mapa en el que los términos estén relacionados entre sí mediante propiedades. Utilizando palabras de la web semántica, se trata de pasar desde la taxonomía hasta la ontología. Estas propiedades constituyen el Predicado del triplete de RDF. Si el Sujeto y el Objeto de un triplete se expresan con sustantivos, el Predicado se expresa con un verbo: nació, obtuvo, es... Como ejemplos de tripletes se pueden señalar los siguientes:
(S) Persona (P) nació en (O) Lugar.
(S) Persona (P) obtuvo (O) Calificación.
(S) Calificación (P) corresponde a (O) Asignatura.
Habiendo definido los elementos del sistema y sus relaciones, se habrá obtenido un modelo final que sería útil con independencia de cómo tuvieran diseñadas sus bases de datos los institutos y las universidades ya que, aunque una organización tuviera dos registros “primer apellido” “segundo apellido” y otra un solo registro denominado “apellidos”, siempre se puede saber que el contenido de la agregación de los registros “nombre” + “primer apellido” + “segundo apellido” de la primera base de datos equivale a la agregación de los registros “nombre” + “apellidos” de la segunda, representados todos ellos por el concepto Persona.
Finalizada la escritura tanto del vocabulario como de la relación entre los términos que lo integran, el resultado final, la ontología, se publica para que quien lo desee pueda utilizarla. Así, si alguien que trabajase en otro instituto quisiera aplicar este modelo, puede hacerlo. Ya no necesitaría crear un vocabulario nuevo puesto que el vocabulario Instituto-Universidad (por llamarlo así) ya estaría creado, estando también descritas las relaciones entre los diversos campos de información. Cualquier instituto o universidad podría utilizar el vocabulario existente o, si lo deseara, podría mejorarlo.
En las integraciones de bases de datos aparecen vocablos que se suelen repetir y que corresponden a sujetos, predicados y objetos muy habituales. Por ejemplo, el concepto Persona va a aparecer casi siempre. Estos conceptos de repetido uso se acaban definiendo en un vocabulario tipo cuyo uso se extiende y que acaba como estándar de facto por pura convención en su general uso técnico. Dos vocabularios, Friend of a Friend34 (FOAF) y Semantically-Interlinked Online Communities35 (SIOC), pertenecen a este selecto grupo de estándares por convención de uso36.
En su web, los autores de FOAF definen el proyecto como “El proyecto amigo de un amigo (FOAF) está creando una web de páginas legibles por ordenador que describen personas, las relaciones entre las personas y las cosas que las personas crean y hacen”. La especificación del vocabulario de FOAF incluye las relaciones de parentesco profesionales y ocasionales. Asimismo, las cosas que crean y hacen las personas son definidas utilizando cualesquiera de las propiedades current project o past project, lo que supone una libertad total para desarrollar la granularidad de estas dos propiedades si se necesitan para describir una iniciativa. La utilización de FOAF se ha tornado en un clásico en las definiciones de las personas, no en vano FOAF describe el término Agente, que independientemente de su naturaleza individual o plural, es el sujeto de una acción.
Por su parte, los autores de SIOC definen su proyecto como: “La iniciativa SIOC (comunidades en línea semánticamente interconectadas) pretende habilitar la integración de las comunidades en línea. SIOC ofrece una ontología de la web semántica para representar en RDF la riqueza de los datos de las webs sociales”. Su objeto es la integración de la información de las comunidades de internet, para lo que proponen una ontología.
Para extender los modelos ya estandarizados como pudiera ser el anterior teórico ejemplo del Instituto-Universidad o los reales proyectos FOAF y SIOC, basta con crear nuevos sujetos, propiedades y objetos, escribiendo un nuevo vocabulario que se relacione con los ya creados. Tal y como señalan Allemang y Hendler (2008, 13), la web semántica tiene el lema AAA: Anyone can say Anything about Any topic, cualquier persona puede decir cualquier cosa sobre cualquier tema. Para completar la afirmación de estos autores, debe recordarse que este decir cualquier cosa sobre cualquier tema ha de hacerse de una manera pública, pues poco se podría construir sobre un proyecto anterior si su vocabulario y las relaciones entre sus términos no estuvieran expuestos públicamente.
La introducción de conceptos de las ciencias sociales en código legible por máquinas
Utilizando las posibilidades de la web semántica, se desarrolló el proyecto Move Commons, que realizó una ontología para decir públicamente cosas sobre el procomún. En términos prácticos, el proyecto Move Commons pretende ofrecer un modelo aplicable a solucionar las búsquedas que una persona puede hacer en internet sobre en qué actividades participar, fueran o no acciones micropolíticas.
Se trata de una herramienta desarrollada por la Asociación Comunes y opera de la siguiente manera: una persona ligada a cualquier iniciativa en internet que tenga a su cargo la página web de un proyecto puede publicar en la misma el código y logotipo que se le ofrece en http://movecommons.org. Este sitio web dispone de un formulario en el que el usuario introduce las características que ofrece su iniciativa y que considera definen mejor su proyecto: ánimo de lucro, replicabilidad de la documentación de la iniciativa, sistema de gobernanza horizontal o jerárquica y refuerzo del procomún, desplegándose en este caso la posibilidad de señalar cuál de los entornos del procomún es el que se refuerza (cuerpo, naturaleza, ciudad o digital). Rellenado el formulario, Move Commons devuelve un código que se puede copiar y pegar por el usuario en la página de su proyecto. El código copiado de esta manera en el sitio web de la iniciativa contiene metadatos del proyecto, que son leídos por los buscadores cuando la indexan e introducidos en sus resultados. Se trata del mismo sistema que utiliza Creative Commons y constituye una práctica recomendable de indexación de la información porque facilita su búsqueda.
Las características que Move Commons incluye en su formulario web para ser elegidas por el usuario coinciden con los términos del vocabulario utilizado para construir su mundo semántico: el ánimo de lucro del proyecto, la posibilidad de replicabilidad de la documentación, la relación jerárquica u horizontal de los participantes y el refuerzo del procomún. A su vez, en esta última categoría del refuerzo del procomún se especifican cuatro términos del vocabulario que corresponden a los cuatro entornos del procomún propuestos por Lafuente (2007): cuerpo, medioambiente, ciudad y digital. La elección de los términos que se introducen en el vocabulario no es neutral: implica una elección consciente realizada por los desarrolladores del código subyacente de Move Commons.
Este código se ha modelado en una de las notaciones posibles con las que se escribe la lógica descriptiva, la notación n3, notación que luego se transforma en código que es leído por máquinas. En el vocabulario de Move Commons se define un género, representado la clase CommonsDomain, que es un entorno genérico del procomún, y cuatro especies, representadas por los entornos del procomún, las subclases cuerpo, medioambiente, ciudad o digital. De esta manera, definiendo categorías (género) y subcategorías (especies), se introducen conceptos de las ciencias sociales en código legible por máquinas.
Lo relevante de este apartado es mostrar cómo funciona la codificación de los conceptos que primero fueron vertidos en un artículo doctrinal. La ilación ha sido la siguiente: existen unos conceptos en un texto académico, se incluyen los conceptos en una especificación semántica mediante la definición formal de una clase y subclases y, finalmente, se crea un buscador que ofrecerá a los usuarios de esta herramienta los resultados (las iniciativas) clasificados conforme las categorías creadas por el autor del artículo académico.
En la práctica es posible utilizar para categorizar las iniciativas en línea mediante cualquier otra clasificación que no fuesen los entornos del procomún. Por ejemplo, se puede usar la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) que es un listado enumerativo de casi un millar de actividades. De esta manera, el formulario que se ofreciese a los usuarios sería totalmente diferente al ofrecido por Move Commons, generándose unos metadatos obviamente diferentes ya que se usarían las categorías de la CNAE en lugar de las categorías de los entornos del procomún. Es evidente la implicación del sistema de clasificación en el resultado final: usar categorías de los entornos del procomún remite a unas posibilidades informacionales de un valor muy diferente a las de la CNAE: “el mundo se divide según lo dividamos, y nuestra forma principal de dividir las cosas está en el lenguaje. Nuestro concepto de la realidad depende de nuestras categorías lingüísticas” (Searle en Magee, 2008, 194).
Debe reparase en la importancia de las categorías de la web semántica que las diversas iniciativas micropolíticas pudieran en un futuro decidir construir. Significaría la exhibición pública por cada una de ellas de una serie de metadatos que luego se podrían extraer por los buscadores. Las posibilidades de la web semántica son múltiples y aun cuando sea una tecnología que todavía no haya despegado masivamente, no por ello debe ser ignorada. Al posibilitar nuevos mundos, inyectar conceptos de las ciencias sociales en la tecnología es una forma de hacer política.
Propuesta de procedimiento
Por procedimiento se entiende una secuencia que consta de un acto o de un conjunto de ellos37. Un procedimiento se enmarca dentro de una categoría más amplia, que son los procesos, consistentes en las reglas que rigen la instanciación de los procedimientos. El proceso, por tanto, sería un conjunto de reglas mientras que el procedimiento sería una concreta aplicación de las reglas.
Todas las acciones micropolíticas ponen a disposición pública un conocimiento libre y una propuesta de ejecución de un procedimiento. Si no hay una propuesta de procedimiento, existirá una denuncia pública o una acción mediática, pero no una acción micropolítica. La propuesta puede abarcar desde diseños muy simples como, por ejemplo, la ejecución de un mero click con el ratón, hasta procedimientos de una gran complejidad como lo fue el de la interposición de la “Demanda contra el canon” donde se guiaba a un ciudadano no sólo en la interposición de una demanda sino en la asistencia por sí mismo a un juicio. En términos coloquiales, puede decirse que una propuesta de procedimiento equivale a un manual de instrucciones.
Utilizando las características lingüísticas de las acciones micropolíticas antes señaladas, y con fundamento en los efectos perlocucionarios de un acto de habla en la red, existen dos grupos de propuestas de procedimientos: en el primer grupo los efectos perlocucionarios no son más que una mera replicación o muestra de adhesión a una información, mientras que el segundo grupo hay algo más.
Dentro del primer grupo se encuentran efectos que no van más allá de la mera transmisión de información o la indicación de un gusto determinado, la adhesión a una idea a través de la publicación o la firma de un manifiesto. Se trata de efectos donde los agentes de la acción pretenden bien la creación de climas de opinión, bien que su acto locucionario sea replicado sin más. Son los casos del Me gusta de la web Facebook, del retweet de la web Twitter, del efecto Streisand38 o de los manifiestos. En este caso la acción consiste en transmitir información sin otra cuestión añadida. Si bien aparentemente este tipo de replicación o adhesión a actos locucionarios puede resultar importante, sin embargo no parece que supongan un buen control del poder político que pueda comprobarse empíricamente. Estos actos locucionarios pueden constituir bonitas prescripciones pero si no se acompañan con otro tipo de actos perlocucionarios realizativos se pueden quedar en nada. Por esta razón se ha de señalar la futilidad de numerosísimos actos locucionarios cuya única finalidad es la de generar perlocuciones que ocupen el espacio mediático sin que sirvan como actividad fiscalizadora del poder o de contrapeso a su ejercicio. Se trata del activismo de sofá ya citado, que en definitiva tiene como base una mera clonación acrítica de la información, y que fue denunciado por la UNICEF sueca en su campaña bajo el lema “Likes don't save lives”, los “me gustan no salvan vidas”39.
Dentro del segundo grupo de propuestas de procedimiento se encuentran supuestos donde los agentes de la acción proponen la realización de actividades más allá de la mera transmisión de la información. A su vez, esta categoría puede dividirse en dos diferentes subcategorías: procedimientos cuya propuesta tenga por objeto un enriquecimiento de la información objeto de la acción micropolítica y procedimientos que, traspasando el entorno de la red, proponen acciones lejos del teclado.
Dentro de la primera subcategoría se encuentra, por ejemplo, el proyecto “España en Llamas”, donde se recopilan todos los incendios forestales existentes en nuestro país, el proyecto “El BOE nuestro de cada día” donde se realiza un filtrado de cuestiones interesantes que aparecen en nuestra gaceta oficial, o el proyecto “El Indultómetro” que basándose en los indultos aparecidos en el Boletín Oficial del Estado (BOE) los clasifica por categorías correspondientes a delitos, así como por fecha de concesión.
Dentro de la segunda subcategoría los mejores ejemplos son el antiguo de la “Demanda contra el canon”, cuya acción lejos del teclado consistía en interponer acciones judiciales y acudir a los juicios interpuestos. Como ejemplo canónico en vigor encontramos a la “Plataforma de Afectados por la Hipoteca” (PAH), cuyas acciones AFK consisten en la asistencia de personas que intentan paralizar un desahucio, en los escraches que se realizaron contra los políticos que apoyan a las entidades financieras en lugar de a los afectados, en la entrada en sucursales bancarias y en la interposición de acciones judiciales, además de una acción que no hacen evidente: cuidan a quien acude a ellos, puesto que en muchos casos un desahuciado es una persona al borde de la marginación social.
Para terminar esta parte teórica hay que hacer referencia a un lema hacker que sintetiza lo tratado en este punto. Se trata del no propongas, haz cuyos viejos equivalentes son los refranes en nuestra lengua obras son amores, que no buenas razones y en lengua inglesa actions speak louder than words (las acciones hablan más alto que las palabras). Tras la aprobación de la reforma de la ley de propiedad intelectual mediante lo que se llamó Ley Sinde surgió la iniciativa #Nolesvotes que pedía públicamente que no se votara a ninguno de los partidos políticos que apoyaron la reforma: PP, PSOE y Convergencia y Unió (CyU) (Galli 2011, 10). El grupo promotor de #Nolesvotes propuso una organización descentralizada compuesta por nodos, de los que unos eran territoriales y otros eran por sector (jurídico, mediático, económico...). Desde la publicación del post en el que se propuso la acción a las 14:50 horas del 16 de febrero de 2011 hasta las 21:33 de ese mismo día, se constituyeron 47 grupos en línea correspondientes a diversos lugares de nuestra geografía.
Puede que a alguien esta organización le resulte familiar, pues lo que el partido político Podemos llama Círculos es idéntico a lo que fueron los nodos de #Nolesvotes. Pero, a su vez, #Nolesvotes supuso un calco de una experiencia en red del año 2004 de la que se guarda poca memoria, que fue el intento de organizar una Federación de Linux User Groups (FLUG). Hasta ese año, los usuarios del sistema operativo GNU/Linux se articulaban alrededor de la asociación Hispalinux pero, dadas las críticas que aparecieron contra la misma, surgió la iniciativa de la FLUG. Tradicionalmente, antes del desarrollo masivo de internet, los usuarios de este sistema operativo mantenían una organización informal basada en los Grupos de Usuarios de Linux (LUG), realizando periódicamente citas para, en el argot, cacharrear o simplemente charlar sobre su afición común. Dada la necesidad de encuentro presencial, los LUGs tenían estructura territorial, existiendo uno por cada lugar donde los usuarios tuvieran por conveniente. Además de esta organización anclada al territorio, existía otra organización, esta vez por proyectos y cuyos miembros se repartían por el mundo, por lo que se coordinaba a través de internet y los encuentros físicos eran escasos. La propuesta de organización de la FLUG se basaba en lo que los usuarios de GNU/Linux ya conocían por sus prácticas habituales: grupos locales de usuarios más grupos de desarrollo de proyectos concretos o de gestión de recursos (listas de correo, wiki, web, etc.):
[l]os grupos locales de Linux y software libre (grupos como es.comp.os.linux) han sido desde los inicios los pilares de la divulgación del software libre y el desarrollo de proyectos locales que han logrado cohesionar a gente muy diversa. (Galli, 2004).
La FLUG como tal nunca salió adelante y los flames (discusiones encendidas) en la lista de correo fueron abundantes, pero su sistema organizativo está plenamente vigente pues primero pasó a ser utilizado por los nodos de #Nolesvotes y más tarde por los iniciales círculos de Podemos. A ello no obsta que en este último caso voces críticas denuncien la deriva hacia una jerarquía vertical pues, como afirma Estela Mateo, ya no se trata de “enriquecer una estructura democrática [...] sino de trazar una buena estrategia para ganar haciéndote creer que eres un partícipe real” (2015, 70). Como Miguel Ángel Zarza señaló en uno de los mensajes de correo intercambiados en el intento de hacer nacer la FLUG:
¿Y quién decide esos lideres?
Pues igual que en el mundo real, el que empieza a currar es el que decide, y luego puede unirse gente a esa organización, o incluso relevar a esa persona en caso de que no pueda continuar o no quiera.
Vamos, el que se lo curra es el que lo dirige. (Zarza, 2004).
Se trataba ya entonces de mostrar tres características organizativas: la meritocracia como sistema de selección del líder, el método de no propongas, haz y la potencia de la acción individual, el también lema hacker de the power of one. Estas tres características no se encuentran en los partidos políticos, ni siquiera en los últimos surgidos, por muchas redes sociales que digan que mantienen o por mucho espacio mediático que ocupen en internet. Sin embargo, estas tres características sí se dan en los grupos que fomentan las acciones micropolíticas. La pregunta final que cabe hacerse es si acaso este modelo organizativo sea una propiedad emergente de la arquitectura de la red.
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Sobre los diferentes aspectos de la replicación de la información, ver Aunger (2004), que trata el tema desde una perspectiva antropológica. ↩
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Una API (Application Programming Interface) es una serie de procedimientos que un programa de software pone a disposición de otros programas para el intercambio de información o la ejecución de funciones, entre otros usos. ↩
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Estas reuniones tienen por objetivo el desarme. ↩
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Traducción propia. ↩
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Para los legos en Derecho, la capacidad jurídica se refiere a la posibilidad de ser titular de derechos y de obligaciones, mientras que la de obrar implica que se pueden ejercitar, por uno mismo, los derechos. Por ejemplo, un menor de edad puede ser propietario de unos bienes inmuebles, pero no puede venderlos por sí mismo, necesitando la firma de quien ejerza la patria potestad e incluso, en ciertos sistemas jurídicos, autorización judicial. ↩
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La “Demanda contra el canon” se inició el 30 de agosto de 2003, mediante la puesta a disposición en la web de las denuncias iniciales que se interpusieron ante el Consejo General del Poder Judicial, Comisión Nacional de la Competencia y su notificación al Ilustre Colegio de Abogados de Madrid y Consejo General de la Abogacía Española. Vid. http://derecho-internet.org/node/218 y http://derecho-internet.org/node/244. ↩
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“#Nolesvotes” comenzó mediante la publicación el 14 de febrero de 2011 de un texto escrito por siete personas en el que se denunciaba la Ley Sinde, vid. http://derecho-internet.org/node/554, texto al que se sumó una propuesta de actuación publicada al día siguiente, vid. http://derecho-internet.org/node/555. ↩
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La terminología utilizada en lengua inglesa es la de 'We-Intentions' approach. ↩
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En el caso de la Constitución Española de 1978, la parte orgánica corresponde a los artículos 56 a 165. ↩
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Vid. Stallman (2004). ↩
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El kernel es la parte nuclear de un sistema operativo. Se trata del software que toma el control del ordenador cuando se enciende y se encarga de que las partes físicas del ordenador se entiendan entre sí. Sin kernel, un ordenador no arranca. ↩
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Really, I’m not out to destroy Microsoft. That will just be a completely unintentional side effect. Entrevista a Linus Torvalds, creador del sistema operativo libre Linux, en el New York Times en fecha 28 de septiembre de 2002. ↩
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Esto es, que se extinguieron los derechos de autor bien por transcurso del tiempo bien por decisión del autor en las jurisdicciones que así lo permitan. ↩
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En De la Cueva (2012) se encuentra relatada en detalle la crónica de cómo se construyó un archivo con los datos patrimoniales de los miembros del Congreso y del Senado en el trabajo colectivo que se vino a llamar «Adopta un senador». Es obvio que este trabajo sólo es posible en red y con herramientas de las TIC. ↩
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Primavera de 2015. ↩
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Vid. los informes de la Plataforma contra la implantación de Eurovegas. ↩
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En este apartado se reproduce parcialmente texto de De la Cueva (2012b, 97-98 y 109-110). ↩
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Rodotá no se refiere a los bienes comunes cuya localización geográfica se halla en un punto determinado y son gestionados por los habitantes de ese territorio, sino de los bienes comunes universales como el aire, los mares, el ADN o los pasos del baile del vals, por ejemplo. ↩
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Vid. Echeverría (1999, 48-57) y (2012, 184-187). ↩
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IP: Internet Protocol, protocolo de internet. Se utiliza para enrutar paquetes de información por una red. ↩
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TCP: Transmission Control Protocol, protocolo de control de transmisión. Sirve para trocear la información en octetos y enviarlos de un ordenador a otro, verificando que la transmisión entre ambos se ha completado. ↩
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Sobre los orígenes de internet, vid. Hafner y Lyon (1998). ↩
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De http://www.isc.org/software/bind: BIND is by far the most widely used DNS software on the Internet. It provides a robust and stable platform on top of which organizations can build distributed computing systems with the knowledge that those systems are fully compliant with published DNS standards. ↩
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Vid. http://apache.org y http://nginx.org. ↩
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Vid. http://www.courier-mta.org/, http://www.cyrusimap.org/, http://www.exim.org/. ↩
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Vid. Berners-Lee, T., (2009). ↩
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Elinor Ostrom curriculum vitae: http://www.indiana.edu/~workshop/people/lostromcv.htm. ↩
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Vid. Ostrom (2011). ↩
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Para un mayor detalle de cómo juegan entre sí los códigos jurídico e informático, vid. Lessig (1999) y De la Cueva (2013). ↩
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Vid. http://kune.ourproject.org/es. De su web: «¿Qué es entonces Kune? ¿Es una herramienta de comunicación? Sí, de varias maneras: chat (compatible con gmail y similares) y otras formas más avanzadas de mantenerse en contacto… ¿Es una red social? sí, aunque no está centralizada (como lo está una gran biblioteca) sino distribuida (como una red de bibliotecas interconectadas). ¿Es un sistema de creación de documentos en tiempo real como Google Docs? Sí ¿Es un sistema avanzado de correo electrónico? sí, te muestra tus conversaciones en curso y tus borradores de documentos en tu Carpeta de Entrada. ¿Es una herramienta colaborativa online? sí, en la que puedes compartir y construir con otras personas. ¿Es un espacio multimedia? sí, puedes integrar y compartir vídeos, fotos, mapas, twitter… ¿Es libre? Sí, es un software totalmente libre/abierto y los contenidos Creative Commons. ¿Puede ayudarnos a crear nuestra web? sí (aunque esta parte está actualmente en desarrollo)… ¿Es extensible? sí, de igual forma que los es Firefox, con muchas extensiones para hacer muchas cosas. Además, protege vuestra privacidad y promueve la compartición de conocimiento y bienes comunes». ↩
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Para un estudio de los diferentes tipos de licencias libres para código informático vid. Lindberg (2008). ↩
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Se debe precisar que, en el presente ensayo, los conceptos semántica y ontología se utilizan en su sentido técnico informático. ↩
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En la URL <http://www.w3.org/RDF/> se accede a los diversos documentos, trabajos y actividades del grupo que trabaja sobre RDF. ↩
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Amigo de un amigo. ↩
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Comunidades en línea semánticamente interconectadas. ↩
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Podemos encontrar un detallado estudio de FOAF y SIOC en Breslin, Passant y Decker (2009, 169–250). ↩
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Hacemos uso de la diferencia conceptual entre proceso y procedimiento que podemos encontrar en las disciplinas jurídicas o en los sistemas de gestión de calidad. ↩
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El efecto Streisand toma su nombre de la cantante Barbra Streisand. Un abogado de esta cantante, buscando proteger la intimidad de su cliente, conminó a un fotógrafo a retirar de su web una fotografía de la casa de Barbra Streisand. El fotógrafo no sólo no retiró la fotografía sino que publicó las amenazas legales. Como consecuencia, en lugar de evitar la difusión de la fotografía, se potenció la misma. Vid: http://en.wikipedia.org/wiki/Streisand_effect. En nuestro país, la publicación por la revista satírica El Jueves de un dibujo de los entonces Príncipes de Asturias realizando el acto sexual sufrió igual efecto gracias a la denuncia de la Fiscalía. ↩
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Los vídeos de la Unicef sueca, promotora de la campaña publicitaria, pueden disfrutarse en la lista de vídeos de Youtube https://www.youtube.com/watch?v=2_M0SDk3ZaM&list=PLiOgVo8_i0Q-XgloSLhzJ64XwC5kGoQUF ↩